INE sanciona a Morena en SLP... pero no cancela candidatura de Mónica Rangel

Nacional
/ 13 mayo 2021

Con ocho votos a favor y tres en contra, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó mantener la candidatura a Mónica Rangel

El Instituto Nacional Electoral (INE) sancionó de nuevo al Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) por no presentar informes de precampaña en San Luis Potosí, a menos de 25 días para las elecciones del próximo 6 de junio.

Sin embargo, el Consejo General del INE ratificó la candidatura de Morena a la gubernatura de San Luis Potosí, de Mónica Rangel, aún cuando incumplió en la entrega de su informe de gastos de precampaña, como ocurrió en Guerrero y Michoacán (que en su momento derivó en la cancelación de las candidaturas)

Con ocho votos a favor y tres en contra, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó mantener la candidatura a Mónica Rangel, abanderada de Morena en San Luis Potosí.

La consejera, Adriana Favela, dijo que en esta ocasión se determinó solamente imponer una multa a Rangel en virtud de que, ante la cercanía de la elección, ya va muy avanzada la campaña, se privilegie el derecho a votar de los potosinos.

Aun cuando el debate del Consejo General versaba sobre fiscalización de precampañas en San Luis Potosí, Córdova se abrió espacio, sin aludir expresamente a actores políticos, a salir al paso a la coyuntura de campañas específicas, las cuales tampoco refirió explícitamente. El consejero reivindicó el desempeño del INE al fiscalizar las campañas subrayando que no puede pedirse ahora al INE o al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación se pronuncie frente a una queja en específico, en alusión implícita a la contienda en Nuevo León.

Subrayó que el INE sólo puede desahogar la fiscalización de los hechos denunciados y de los gastos de campaña en general al término del proceso electoral, a fin de pronunciarse 47 días después de la elección, es decir, el 22 de julio, a fin de que el TEPJF cuente con todos los insumos necesarios para pronunciarse sobre la validez de determinada campaña.

Córdova destacó que el modelo fiscalizador se modificó sustancialmente en la reforma electoral de 2014 a fin de que haya una fiscalización en términos reales para evitar el ocultamiento de información financiera de las campañas; evitar que se eluda la violación de topes de gastos de campaña; uso intensivo de dinero en efectivo; inhibir dobles contabilidades, la triangulación de operaciones financieras o el uso de empresas fachadas.

En su oportunidad, el consejero Ciro Murayama, se refirió expresamente a las campañas en las que se utilizan tarjetas en Nuevo León, las cuales, dijo, el TEPJF ha validado como un esquema de propaganda, como ocurrió en 2017 en las elecciones de Coahuila y estado de México. Por ello, las denuncias de diferentes actores para que se bajen candidaturas, “esa es una pretensión que la ley no contempla, una vez que una candidatura es registrada la ley no contempla retirarse a media campaña”.

La pretensión de que el INE se pronuncie a medio camino “no tiene validez de la ley”. Explicó que los criterios del TEPJF establecen que los cartones (tarjetas) , si no involucran dádivas a cambio, son propaganda electoral

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