PAN bloqueó reforma que obliga a repartir píldoras de emergencia

Nacional
/ 10 marzo 2017

Diputadas de PRI, PVEM, PRD, Morena y MC toman la tribuna y exigen debate. El cambio a la ley beneficiaría a 900 mil mujeres que son violadas cada año, dice el tricolor

Ante la presión ejercida por el PAN, el pleno de la Cámara de Diputados suspendió la sesión ordinaria para evitar la discusión de una reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que busca obligar a estados y municipios a dar atención médica y garantizar el suministro de pastillas anticonceptivas de emergencia en casos de violación, que según el PRI suman casi 900 mil al año.

Aunque se trataba del primer tema en el orden del día, el blanquiazul pidió a la presidenta de la Cámara, Guadalupe Murguía (PAN), saltarse la discusión del dictamen, lo que provocó la toma de la tribuna por legisladoras de PRI, PVEM, PRD, Morena y Movimiento Ciudadano, quienes reclamaron que, sin acuerdo de la Junta de Coordinación Política, la mesa directiva bajó el dictamen por instrucciones del coordinador panista, Marko Córtes. Las primeras en subir a tribuna para reclamar ese derecho fueron las diputadas de Morena, encabezadas por Araceli Damián, después las de PRD y Movimiento Ciudadano, y más tarde las priístas, entre éstas Carmen Salinas, Sofía Tamayo y Sylvana Beltrones.

Desacato en estados y municipios Desde ahí, pidieron que también se sumara a la protesta la priísta Laura Plascencia Pacheco, autora de la iniciativa que busca hacer obligatoria la norma oficial mexicana NOM-046-SSA2/2005, publicada en abril de 2009, referente a violencia familiar, sexual y contra las mujeres, criterios para la prevención y atención, que a pesar de estar vigente no se respeta en estados y municipios.

Plascencia recordó que gobiernos panistas, como el de Emilio González Márquez, en Jalisco, han interpuesto recursos legales contra la norma oficial, y que éste incluso presentó una controversia constitucional en 2009 con el argumento de que se trataba de una norma abortiva. Recordó que al resolver la controversia, el ministro ponente, José Ramón Cossío Díaz, reconoció la validez de la norma y que aun así las entidades se niegan a aplicarla, por lo cual se presentó la reforma, que fue avalada en comisiones.

Ante la toma de la tribuna, Guadalupe Murguía decretó un receso para que los grupos parlamentarios pudieran negociar una solución en la zona que se conoce como tras banderas. Después de media hora, anunció que ese tema, junto con el de una reforma a la misma ley, con la cual se busca la igualdad salarial entre hombres y mujeres, se abordará en la sesión del próximo martes

En entrevista, Plascencia Pacheco explicó que si se mantiene sin aprobar esta reforma se pondrá en riesgo la seguridad de las mujeres en el país, porque de las 900 mil violaciones que se cometen el año (una cada cuatro minutos) sólo se castiga 5 por ciento de los casos con una sentencia condenatoria.

Lo que el PAN no quiere es que se haga explícita la NOM, pero actualmente una niña o una mujer adulta que hayan sido violadas, si llegan a alguno de los servicios de salud de cualquier estado o municipio no son atendidas conforme al protocolo. Cualquier autoridad de salud debe darles una pastilla anticonceptiva de emergencia y antirretrovirales, así como presentar la denuncia respectiva y, en caso de que la víctima resulte embarazada, darles acceso a la interrupción legal del embarazo.

Violencia política en razón de género El pleno del Senado aprobó por unanimidad cambios a cinco leyes para tipificar como delito y sancionar penalmente la violencia política en razón de género, y proteger y promover los derechos electorales de las mujeres.

Con los cambios a las leyes generales de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de Instituciones y Procedimientos Electorales, de Partidos Políticos, de Delitos Electorales y la del Sistema de Medios de Impugnación, la violencia política en razón de género se define como la acción u omisión que, en el ámbito político o público, limite, anule o menoscabe el ejercicio efectivo de los derechos político-electorales de una mujer, así como su acceso al pleno ejercicio de su cargo o función del poder público.

El dictamen aprobado ayer en por el pleno del Senado señala que esa agresión se manifiesta mediante presión, persecución, hostigamiento, acoso, coacción, vejación, discriminación, amenazas o privación de la libertad o de la vida. Con esos cambios a las normas referidas, se propone la obligación del Instituto Nacional Electoral, los Organismos Públicos Locales, partidos y agrupaciones políticas de definir mecanismos para prevenir, atender, sancionar y, en su caso, erradicar este delito.

Dichas reformas prohíben que en la propaganda política o electoral que realicen partidos, coaliciones y candidatos se utilicen expresiones que calumnien a las personas, las discriminen o constituyan violencia política en razón de género.

De igual forma, se establece el aumento de los castigos hasta en una mitad en los tipos penales de los artículos 7, 8 y 9 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, cuando dichas conductas se cometan en perjuicio de una mujer que participe en política.

Entre otros supuestos, prevé que se aplicará cuando se obstaculice o interfiera en el desarrollo normal de las votaciones, se soliciten sufragios por paga, se prometa dinero u otra contraprestación, se alteren los resultados comiciales o se ejerza presión o se induzca a los ciudadanos a sufragar o abstenerse de votar por un candidato.

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