SCJN despenaliza el aborto en Aguascalientes

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/ 30 agosto 2023

Con la inconstitucionalidad, el Congreso deberá derogar tres artículos del Código Penal Estatal; 73 personas se encuentran en un proceso penal por abortar

¡Histórico! La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la penalización del aborto en Aguascalientes, avalado por mayoría de cuatro votos a favor contra uno; por lo que ordenó al Congreso del Estado derogar los artículos 101, 102 y 103 del Código Penal, el cual castiga con prisión a la interrupción del embarazo.

Dichos artículos castigaban de 6 meses a 3 años de prisión a las mujeres que interrumpieran voluntariamente su embarazo y a quienes le asistan para ello en Aguascalientes. Además, que obligaba a pedir autorización judicial para abortar a las víctimas de violación, a so pena de ser enviada a prisión.

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$!La Primera Sala de la SCJN resolvió una contradicción de criterios en la que dos tribunales colegiados sostuvieron puntos contrarios respecto a si la calidad de mujer o persona con capacidad de gestar es suficiente para reconocer su interés legítimo para impugnar las normas que establecen como delito el aborto, sin necesidad de que haya un acto de aplicación de las normas penales que se impugnan en el juicio de amparo, conforme a los artículos 107, fracción I, de la Constitución Política del país y 5, fracción I, de la Ley de Amparo.

CÓDIGO PENAL VIOLA LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS MUJERES EN AGUASCALIENTES

El suceso dio al conceder un amparo al Grupo de Información en Reproducción Elegida y Morras Help Morras, a propuesta del ministro Juan Luis González Alcántara en la Primera Sala de la Suprema Corte, quien determinó que los artículos del Código Penal de Aguascalientes son contrarios a los derechos humanos de las mujeres y personas gestantes, específicamente al derecho a la igualdad y no discriminación, así como el derecho humano a la salud.

González Alcántara argumentó que existen varios precedentes del Máximo Tribunal que avalan el derecho de las mujeres a decidir voluntariamente sobre la interrupción de su embarazo, como parte de sus libertades fundamentes y derechos humanos, por lo que el castigo con cárcel es inconstitucional.

“Solamente así, mediante la herramienta de una concesión amplia se puede proteger de manera idónea los derechos de las mujeres y personas con capacidad de gestar a la salud reproductiva e igualdad y no discriminación vulnerados de manera colectiva, objeto del presente juicio de garantías”, señala el proyecto del ministro González Alcántara.

73 PERSONAS EN PROCESOS POR ABORTAR DESDE 2015 A 2023

El ministro de la SCJN refirió en su proyecto de sentencia que de 2015 a junio de 2023 se han iniciado 73 carpetas de investigación por el delito de aborto en Aguascalientes.

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”Setenta y tres personas han sido o están siendo procesadas por la aplicación de los artículos declarados inconstitucionales en la presente ejecutoria;

“Primera Sala no puede ser indiferente a la situación en la que las mujeres y personas gestantes de Aguascalientes están y han sido sometidas de manera injusta, siendo imperativo que los tribunales constitucionales, rompan el círculo de discriminación y se tomen las medidas necesarias para reparar los daños ocasionados que la sociedad y el propio sistema de justicia les pudieran ocasionar o hayan ocasionado, procurando que no se perpetúen las causas que originaron tales daños”, explicó el ministro del Máximo Tribunal.

$!La Primera Sala de la SCJN que es presidida por Jorge Mario Pardo Rebolledo determino que la sola calidad de mujer o persona con capacidad de gestar es suficiente para reclamar mediante juicio de amparo la inconstitucionalidad de artículos que penalice el aborto.

¿DECISIÓN REPERCUTE EN LA DESPENALIZACIÓN EN TODO EL PAÍS?

Con esta decisión se abre la puerta a que grupos a favor del aborto busquen mediante amparos con impacto similar en otros estados de la República Mexicana.

Actualmente, 11 entidades de México permiten a las mujeres abortar de forma legal hasta las 12 semanas de gestación o no pueden criminalizar el aborto: Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo, Veracruz, Baja California, Colima, Sinaloa, Guerrero, Baja California Sur, Coahuila y Quintana Roo.

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