Si México declara la guerra... ¿Quiénes irían al combate?
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Los civiles entre 19 y 30 años forman parte de la primera reserva en caso de un conflicto armado
La guerra entre Rusia y Ucrania aún no involucra militarmente a otras naciones, aunque Estados Unidos y la Unión Europea (UE), han impuesto sanciones económicas.
En el caso de México, el gobierno de Andrés Manuel López Obrador ha condenado la agresión en contra de los ucranianos.
Aunque el presidente López Obrador asegure que el mejor camino es la vía pacífica si alguna de las representaciones mexicanas en el extranjero —una embajada o consulado, un avión, etc. — fueran atacados o sufrieran un atentado mortal, México se vería presionado a declarar la guerra o adoptar una postura bélica frente a los países agresores.
En la Segunda Guerra Mundial, México se vio obligado a entrar al conflicto de manera oficial, cuando uno de sus navíos petroleros fue hundido por un submarino alemán, según ellos, por error.
Además de Estados Unidos, México junto con Brasil fueron los únicos países latinoamericano en participar activamente en la guerra.
PERO, ¿QUÉ PASARÍA SI NUESTRO PAÍS ROMPIERA LA NEUTRALIDAD QUE LO CARACTERIZA Y ENTRARA EN UNA GUERRA?
De acuerdo con el artículo 73 fracción XII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el presidente de la República y el Congreso son los únicos órganos facultados para declararle la guerra a otro país, siempre y cuando, exista un riesgo directo en contra de la soberanía e integridad territorial.
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Mientras que el artículo 89 de la Constitución, donde se establecen las facultades del poder Ejecutivo, se establece que el presidente cuenta con “la proscripción de la amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales”. Además de que bajo su mando quedará “disponer la de la totalidad de la fuerza armada”.
¿QUIÉNES IRÍAN A LA GUERRA?
En caso de una guerra entre México y una nación beligerante, el presidente, así como los secretarios de Defensa y Marina, serán los primeros encargados en definir un plan de ataque o defensa, el cual estará integrado por divisiones del ejército, la fuerza aérea, la marina-armada de México y, de ser necesario, las reservas.
La Ley Federal del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos establece que el ejército está integrado por: infantería, caballería, artillería, la unidad blindada y de ingenieros; mientras que la fuerza aérea está conformada por: comandancia, estado mayor, unidades de vuelo, tropas terrestres y servicios. Las autoridades federales definirían qué unidades prestarían servicio en combate.
Por otra parte, la Armada de México está integrada por el cuerpo general, la infantería de marina, la aeronáutica naval y “otros que sean necesarios para el Alto Mando”. De nueva cuenta quedará en manos de la administración federal qué cuerpos tendrían actividad en una hipotética guerra.
En el artículo 183 de la Ley Federal del Ejército y Fuerza Aérea se establece que las reservas -divididas en primera y segunda- pueden ser utilizadas sólo en estas circunstancias: “guerra internacional, alteración del orden y la paz interior, así como prácticas de grandes maniobras”.
La primera reserva incluye a civiles, es decir, “todos los mexicanos que cumplan 19 años” y permanecerán en ésta hasta los 30 años. En tanto que la segunda reserva estará incluida por personal que haya cumplido su tiempo en la primera reserva y aún se encuentren en “físicamente aptos” para el servicio de armas.