El cierre del caso Monex

Opinión
/ 25 febrero 2015
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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) finalmente resolvió las impugnaciones a la resolución del IFE (ahora INE) sobre una de las quejas emblemáticas de la elección presidencial pasada: el caso Monex. Un año y ocho meses después de que el IFE concluyera la fiscalización de los recursos de las campañas de 2012, la controversia legal ha quedado zanjada. En lo esencial, el TEPJF ha confirmado el acuerdo aprobado por el IFE en votación dividida que daba por legalmente acreditados el origen y destino de los recursos involucrados.

El caso Monex despertó una enorme controversia. Fue parte de la campaña jurídica y mediática por la anulación de la elección presidencial de 2012. El TEPJF conoció primero el caso en el juicio de inconformidad —la impugnación del resultado electoral— presentado por la Coalición Movimiento Progresista (PRD, PT y MC). Con las pruebas que se encontraban en ese momento en el expediente, procedió a declarar la validez de la elección presidencial. Más adelante, una vez que el IFE aprobó el dictamen de gastos de las campañas del 2012, el TEPJF recibió las impugnaciones a la resolución específica sobre la licitud del origen y destino de los recursos del caso Monex.

Después de las investigaciones realizadas por la Unidad de Fiscalización del IFE, sabemos que el monto de recursos involucrados en el caso ascendió a 66.3 millones de pesos. Se trató de un gasto realizado por el PRI en una solución financiera, para lo cual contrató a Alkino S.A. de C.V. El contrato obligaba a Alkino a dispersar recursos en tarjetas monederos que a su vez se repartirían entre la estructura de representantes y operadores electorales del PRI. Alkino se comprometió a aportar el dinero y hacer la dispersión hacia tarjetas monedero. Con este fin se contrató a Grupo Monex, una institución financiera especializada en servicios de pago. El PRI se comprometió a devolver el capital y pagar a Alkino los intereses devengados.

En respuesta a los requerimientos de información del IFE, el PRI argumentó que los recursos no deberían clasificarse como gasto de campaña, entregó el contrato con Alkino, los comprobantes de los pagos y los convenios celebrados con quienes recibieron los monederos. Tras la compulsa de la información con la reportada por Monex, la Unidad de Fiscalización sólo reclasificó la mayor parte de los recursos (50 millones de pesos) como gasto de campaña y concluyó que el origen y destino del dinero estaba acreditado.

La polémica se centró principalmente en torno a tres aspectos de la investigación. En primer lugar había opiniones divididas en torno a si la solución financiera adquirida equivalía a un crédito y, por lo tanto, el PRI había incumplido con su obligación de reportarla al IFE dentro de los siguientes cinco días después de su contratación. La Unidad de Fiscalización concluyó que no era un crédito sino un contrato de mutuo, un acuerdo financiero con un proveedor.

En segundo lugar, la discusión giró en torno a si la Unidad de Fiscalización debió investigar de dónde obtuvo Alkino los recursos para venderle la solución financiera al PRI. Este aspecto de la polémica se volvió particularmente relevante porque un año antes Alkino había entregado a Hacienda una declaración en ceros. La investigación logró transparentar a quienes aportaron los recursos, pero no la forma en que éstos los obtuvieron. Finalmente, también hubo polémica respecto a si el PRI acreditó plenamente el destino de los recursos. La investigación no logró relacionar los convenios con los monederos, de manera que no se supo quién recibió qué tarjetas. La resolución del IFE concluyó que con los convenios era suficiente.

La resolución del TEPJF sólo ordena al INE revisar si el dinero que no consideró como gasto de campaña, alrededor de 11 millones de pesos, estuvo correctamente clasificado. El resto del acuerdo queda en firme. Con este fallo no se termina la discusión, pero desde el punto de vista jurídico queda resuelta. Por otra parte, la solución al caso Monex se ha dado en el terreno legislativo. Las nuevas reglas de fiscalización aprobadas tras la reforma electoral hacen prácticamente imposible que se repita.




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