Delitos sexuales, inadmisibles en escuelas
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El único objetivo admisible, en relación con la incidencia de agresiones sexuales en escuelas, es que estas se reduzcan a cero. Cualquier otra meta propuesta es inaceptable
Los ataques contra la intimidad de las personas, tipificados como delitos sexuales por nuestras leyes penales, constituyen uno de los actos de mayor violencia que pueden perpetrarse en contra de un ser humano. Y cuando estos ataques se realizan en contra de menores de edad estamos ante una de las manifestaciones de mayor degradación del concepto de lo humano.
En otras palabras, los delitos de carácter sexual son actos que la comunidad entera debe condenar sin fisuras, pero que merecen particular condena y sanción cuando las víctimas son niñas o niños.
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La situación empeora aún más cuando los hechos ocurren en un entorno en el cual los menores deberían sentirse y estar seguros, a resguardo de cualquier amenaza. Y entre los entornos en que tales condiciones deberían existir de forma permanente se encuentran las escuelas.
Por ello, cuando en el ámbito escolar se registran agresiones sexuales en contra de algún alumno menor, todas las alarmas deben dispararse y la sociedad en su conjunto debe reaccionar para exigir que se desplieguen todos los esfuerzos necesarios para castigar la conducta pero, sobre todo, para evitar que vuelva a repetirse.
El comentario viene al caso a propósito del reporte que publicamos en esta edición, relativo a la ocurrencia de siete casos de ataques sexuales perpetrados en entornos educativos a lo largo del pasado ciclo escolar, de acuerdo con lo informado por autoridades de la Secretaría de Educación en Coahuila.
En todos los casos, se ha informado, se activaron los protocolos de atención a las denuncias, lo cual derivó en el inicio de una carpeta de investigación y la posterior judicialización de los expedientes.
La acotación anterior es relevante porque retrata una actitud deseable: el que no se permita la impunidad en ningún caso, sino que las autoridades responsables de investigar las conductas delictivas actúen con apego a la ley y la eventual sanción que se imponga sea producto del debido proceso.
Sin embargo, el que los delitos sexuales se persigan, investiguen y castiguen no es la solución al problema que la estadística evidencia. Porque lo que cualquier sociedad regida por valores éticos y principios morales debe buscar no es la imposición de condenas ejemplares, sino la erradicación de las conductas que ha definido como indeseables.
En este sentido es preciso reiterar lo que se ha dicho antes, a propósito de la reseña de este mismo tema: un solo caso de agresión sexual en contra de una niña o un niño, es demasiado. En el caso que nos ocupa estamos hablando de siete, lo cual retrata una realidad absolutamente inaceptable.
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Sería de esperar por ello que las autoridades educativas refuercen las medidas de prevención y se comprometan a garantizar que durante el siguiente ciclo escolar, próximo a iniciar, la incidencia de casos de este tipo será exactamente igual a cero.
Ninguna otra meta es aceptable. No se trata de reducir la incidencia de una conducta deleznable como esta, sino de erradicarla. A eso debemos aspirar.