Las malas prácticas judiciales

Opinión
/ 21 octubre 2021

La justicia, por práctica judicial, se imparte a partir de una serie de actuaciones judiciales que facilitan o dificultan su publicidad, celeridad, plenitud o eficacia. Los jueces, sin duda, somos los responsables de hacer real la tutela efectiva de los derechos de las personas por medio de un juicio público llevado con formalidades esenciales del debido proceso legal.

Sin embargo, los jueces también somos responsables de desarrollar y perpetuar malas prácticas judiciales que, en lugar de cumplir con el objeto del debido proceso, contradicen los fines de la justicia. Los jueces, por tanto, debemos asumir una buena política judicial para que, conforme a la ley, implementemos buenas prácticas que hagan no sólo más rápida la justicia sino también más protectora de los derechos.

Todos sabemos que los juicios tardan. No sólo porque los jueces podemos estar saturados o no de casos. Los juicios tardan porque debemos llevar un proceso con plazos, términos y condiciones que aseguran el acceso libre e igualitario a la justicia. Pero una vez que el juicio se lleva a cabo, la sociedad espera un fallo prudente y racional que resuelva en forma justa el conflicto con base en la ley.

Los retos y desafíos de un poder judicial se concentran, por tanto, en formar jueces que sepan no sólo administrar con celeridad y prontitud el juicio, sino que también resuelvan en forma completa, plena y coherente los casos. De nada sirve esperar al justiciable largos años si obtiene un fallo injusto. De nada sirve recibir rápido una sentencia arbitraria, sin razones públicas aceptables conforme a la ley.

La labor jurisdiccional es compleja. En cada fallo discutimos la libertad, el honor, el patrimonio, la vida, la salud o cualquier otro bien valioso para las personas. No es fácil asumir el veredicto. De nosotros depende la pena que debe de cumplir el responsable de un delito, las obligaciones que el Estado debe cumplir para garantizar los derechos, el patrimonio que se debe proteger, etcétera. Las personas que acuden a pedir justicia exigen que los jueces seamos objetivos, profesionales e independientes. Esa es la mejor garantía para resolver los conflictos.

Si los jueces escuchamos a la sociedad con seriedad, nos daremos cuenta de que la práctica judicial debe dialogar con los expertos, las víctimas, los colegios de abogados y abogadas, en general, se necesita conversar con la sociedad civil, para entender los problemas que podemos evitar si corregimos las malas prácticas de la justicia.

La buena administración de justicia debe partir de crear un contexto de deliberación pública que asegure buenas prácticas jurisdiccionales, a fin de ser más objetivos, imparciales, públicos, profesionales e independientes. En cada uno de los principios constitucionales que rigen la justicia, se puede desarrollar una agenda de buenas prácticas que, como la mejora continua, impacte en una mejor práctica de la justicia.

Por ejemplo. Una buena práctica de justicia abierta es difundir nuestros proyectos de sentencias públicas para que las partes y los terceros interesados, puedan hacer observaciones y comentarios para que, cuando los jueces discutamos el proyecto final, tengamos la mayor información posible para resolver el caso. De igual forma, una buena práctica de profesionalismo es generar designaciones abiertas que generen un mayor escrutinio público de los méritos de las personas que aspiran a juzgar.

En fin, las buenas prácticas judiciales no son una novedad. Son más bien parte de la integridad judicial que debemos asumir conforme a los Principios de Bangalore sobre la conducta judicial. Pero sobre todo en nuestra actuación judicial debemos asumir, con absoluta responsabilidad, mejores prácticas que abonen a una justicia más pronta, expedita y completa.

JUSTICIA OSCURA

El escrutinio público a los jueces es un principio universal de la conducta judicial. Nosotros como jueces debemos asegurar el derecho de las partes a que puedan cuestionar nuestro actuar, no sólo para que podamos escucharlos y, en su caso, corregir nuestras actuaciones, sino sobre todo por el derecho que tienen todas las personas a recibir un fallo justo y público.

La sociedad aspira tener jueces abiertos dispuestos a escuchar los reclamos públicos de la justicia. El deber de encerrarse en un juicio es para seguir un debido proceso, pero no para ocultar nuestra actuación judicial.

Los jueces, por supuesto, tenemos nuestro espacio privado y público para deliberar un asunto. Pero la justicia es pública y es uno de los bienes públicos más valioso de una sociedad democrática que aspira a tener una justicia digna e integra de un comportamiento judicial basado en los principios universales de los derechos humanos.

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