Perspectivas y retos de la nueva disciplina judicial: La transición hacia los Tribunales de Disciplina

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Opinión
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La justicia requiere de un sistema disciplinario implacable contra la corrupción, pero ciego ante las presiones políticas

Por Mgda. Dulce M. Fuentes Mancillas y Martha A. Zúñiga Recio

No resulta desconocido el impacto que tuvo (y sigue teniendo) la trascendental reforma constitucional que resultó en el inicio de la consolidación de un nuevo Poder Judicial en el Estado mexicano.

Muchas han sido las críticas (en su mayoría negativas) sobre las implicaciones jurídicas dentro del régimen constitucional en cuanto a la vulneración de la división de poderes y el debilitamiento de los contrapesos del poder; empero, aún se discute sobre sus implicaciones en el mundo material del día a día de la labor jurisdiccional.

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Esta realidad jurídica, positiva o negativa, es la que se tiene y, al menos de momento, es sobre la cual se debe construir y operar de la mejor manera.

De esta forma, enfocando la actividad del servicio público, específicamente de las personas operadoras de justicia, cabe decantarse por un análisis a la disciplina judicial, la cual, como tópico de estudio, no es un tema reciente, pero sí novedoso debido a la mencionada reforma, la cual instituye un Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ), tanto a nivel federal como en cada una de las entidades federativas.

Como tal, un régimen disciplinario comprende un sistema complejo de elementos que en conjunto están encaminados a garantizar que las personas impartidoras de justicia actúen con probidad, diligencia y apego a la ley, con el objetivo superior de contribuir a la mejora en la calidad de la justicia y promover una mayor confianza en el Poder Judicial, asegurando el acceso a una justicia pronta y expedita en un marco de transparencia y rendición de cuentas.

Conviene recordar que el otrora Consejo de la Judicatura Federal (CJF) era el órgano especializado dentro de la estructura del PJF al cual correspondían las funciones de administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de este poder, a excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Se destaca que la actividad de este órgano encargado de la disciplina judicial desempeñaba sus funciones en armonía con la Ley General de Responsabilidades Administrativas, así como, formando parte del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), acciones tendientes a consolidar un único régimen de responsabilidades administrativas de los servidores públicos para todos los poderes, órganos y niveles.

No se omite mencionar que, en su momento, el CJF sufrió críticas debido a que no contaba con la autonomía suficiente para llevar a cabo su labor de disciplina, la cual, indistintamente, se desplegaba tanto para personas juzgadoras como para personal administrativo del Poder Judicial de la Federación (PJF); así como, por carecer de una especialización en la materia, dado que cuestiones administrativas y de carrera judicial también eran parte de su esfera competencial. En ese panorama, la introducción de los TDJ representa un avance con relación a esas críticas.

Como referente, a nivel federal, el TDJ se instituye como un órgano al cual corresponden esencialmente dos atribuciones: la evaluación y seguimiento del desempeño de las magistradas y magistrados de Circuito y personas juzgadoras, así como la investigación, substanciación y resolución de procedimientos de responsabilidades administrativas de personas servidoras públicas que desempeñan funciones jurisdiccionales.

En definitiva, alcanzar una efectiva actividad de disciplina judicial no es tarea nimia. Se necesita de un organismo que, aunque dentro de la estructura orgánica del Poder Judicial, sea autónomo y especializado en su actuar; una regulación normativa clara y específica en su parte sustantiva, adjetiva y sancionatoria, así como, en materia de supervisión y evaluación, siempre bajo un régimen de derechos humanos; profesionalización y especialización del órgano disciplinario; el desarrollo de una cultura de integridad y ética judicial; así como la cercanía con los usuarios de la actividad jurisdiccional, que fortalezca la justicia abierta.

Hasta aquí, es posible preguntarse: ¿el actual diseño institucional es el idóneo para alcanzar el ideal planteado? Dar una respuesta a esta interrogante sería apresurado, toda vez que los múltiples TDJ de las entidades federativas, incluso el propio tribunal federal, se encuentran en una etapa temprana de conformación y desarrollo material de funciones. Las críticas y dudas sobre el funcionamiento de estos tribunales existen, pero los inicios siempre representan oportunidades.

Por otro lado, la línea que separa la disciplina legítima de la coacción política es peligrosamente delgada, pero es sobre esta idea que debe ponerse especial atención en acciones dirigidas a la prevención, la cual resulta tan importante como la sanción. La capacitación continua, la evaluación objetiva del desempeño y la cultura de integridad institucional son acciones que pueden reducir significativamente la posibilidad de conductas indebidas.

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Asimismo, la participación ciudadana desempeña un papel relevante. La sociedad tiene derecho a conocer cómo funcionan los mecanismos de responsabilidad judicial, cuáles son las faltas sancionables y qué resultados producen las investigaciones disciplinarias. La transparencia en estos procesos no sólo fortalece la legitimidad institucional, sino que contribuye a combatir la percepción de impunidad.

Conclusivamente, se considera que la legitimidad de los TDJ se pondrá a prueba no por la gravedad de las sanciones o el número de sancionados, sino por la objetividad y transparencia en sus resoluciones. La justicia requiere de un sistema disciplinario implacable contra la corrupción, pero ciego ante las presiones políticas. El verdadero éxito de la nueva disciplina judicial no será que las personas juzgadoras teman a los TDJ, sino que la ciudadanía confíe en dichos impartidores de justicia. Encontrar ese delicado punto de equilibrio es el mayor desafío que enfrenta el Estado mexicano en esta época de cambios y reestructuras.

Las autoras son la magistrada presidenta del Tribunal de Disciplina Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza y la maestra Zúñiga Recio, respectivamente.

Este texto es parte del proyecto de Derechos Humanos de VANGUARDIA y la Academia IDH

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