¿Cuándo llegaremos al salario mínimo de Guatemala?

Politicón
/ 4 septiembre 2019
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El salario mínimo (SM) en México es un escándalo. No sólo es el más bajo de la OCDE, sino también respecto a Centroamérica. Estamos en "Guatepeor". Urge acabar con mitos sobre efectos nocivos de aumentar este salario mínimo.

Hace 3 años, logramos la "desindexación" del salario mínimo  respecto a otros precios, multas, intereses o tarifas, gracias a una reforma constitucional. Eso permitió que el SM pudiera ajustarse sin producir inflación en otros precios.
Sin embargo, sigue habiendo "indexación mental". Muchos analistas, empleadores y líderes de opinión refieren al SM como factor de equilibrio macroeconómico. Se equivocan.

Como tal, con su ínfimo monto actual, el SM no puede tener efecto alguno sobre crecimiento o estancamiento económico, inflación, inversión, o tipo de cambio. Es una falacia afirmar que un ajuste al SM —en sí mismo— pueda afectar cualquier variable macroeconómica. 

El problema surge cuando se mantiene la "indexación" en la práctica. Cuando los ajustes al salario mínimo se trasladan como referencia para ajustar otros salarios. Por ejemplo si se fijan salarios contractuales en "múltiplos del SM". Ahí sí puede haber problemas, quizá no macroeconómicos, pero sí  en algunas empresas o ramas.
Hay otra situación más compleja, el "efecto faro". Por años, el incremento al SM es el referente para los ajustes salariales en su conjunto. Negociaciones contractuales y ajustes por parte de empleadores usan el porcentaje de incremento al salario mínimo como referencia.

Los aumentos por encima de la inflación en 2016 y en 2018 fueron posibles cuando se logró separar dos decisiones en la revisión anual del SM: el porcentaje y el aumento en "pesos". 

Por un lado, se aprobó un ajuste porcentual que sirve como referencia para el "efecto faro", en un porcentaje muy vinculado a la inflación. Y por otro lado, se aprobó un aumento en "pesos", denominado "Monto Independiente de Recuperación" (MIR), que solo aplica al SM. El MIR es un monto fijo, no aplica como "porcentaje" y no es referencia para otros ajustes. Sí convendría que el monto en pesos también se sume a los salarios profesionales en los próximos ajustes. 

Con esa doble decisión: porcentaje de referencia y monto en pesos, sólo para el SM, el nuevo gobierno, pudo por primera vez en décadas superar la violación flagrante a la Constitución que cometía la Conasami. Por primera vez, en diciembre de 2018, el SM se fijó justo por encima del costo de la canasta básica. 
Fue una muy buena decisión. No ha tenido efectos negativos. Más bien al contrario. Pero fue solo el primer paso. El SM debe ser suficiente para quien trabaja y su familia, como dice la Constitución, y no sólo para una persona, como está hoy.

Ese es el objetivo del gobierno a seis años. Es un objetivo viable y necesario, si se aplica de manera gradual y con responsabilidad.

Y mucho depende de mantener la "desindexación" en la práctica. Se debe evitar que el ajuste al SM se traslade automática e inmediatamente a negociaciones contractuales. Para eso sirve el MIR. Y en el contexto actual, lo aconsejable sería también separarlo en el tiempo, para que la diferencia sea nítida. 
"Frente a la Pobreza" propone incrementar 30 pesos al SM ya, mediante el MIR, para que llegue a $132 diarios. Y que eso se apruebe de inmediato, de preferencia en septiembre. Sería el siguiente paso en la recuperación gradual del SM.

Ya con ajuste del "MIR" en septiembre, la decisión de fin de año puede aprobar un porcentaje de ajuste, de preferencia ligeramente superior a la inflación y ese sí, que sirva como "faro".
Twitter: @rghermosillo

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