Derechos humanos, un nuevo pacto social

Politicón
/ 24 diciembre 2017

Hablar de derechos humanos implica referirnos a todos aquellos derechos que corresponden universalmente a los seres humanos en su calidad de personas o ciudadanos, ello independientemente de que se encuentren reconocidos en ordenamientos constitucionales u otro tipo de legislaciones.   Esto implica que tales derechos existen aun antes de cualquier ordenamiento escrito que pretenda reconocerlos; son derechos que nacen con la persona independientemente de su condición o estatus dentro de un pueblo o Estado, y deben ser considerados como instrumentos para proteger y preservar las necesidades básicas de los individuos para que tengan un desarrollo digno preservando sus intereses vitales.   Una vez reconocidos por nuestra Constitución, se convierten no solamente en un conjunto de valores protegidos por el Estado, sino también en el eje rector de la actividad estatal y, por lo tanto, todas las autoridades en el ámbito de sus competencias tienen la obligación de promoverlos, respetarlos y protegerlos preservando de esa manera el orden social.   Ese reconocimiento que realiza el Estado como instrumento para preservar el orden social de sus integrantes es parte de lo que se conoce como el pacto social.   Ese pacto social refiere a un acuerdo celebrado libremente entre los individuos de un Estado en relación a los deberes y derechos tanto de los ciudadanos como del Estado para mantener un orden social con base en los derechos humanos, de donde se explica no sólo el origen sino el propósito de éstos y del mismo Estado, en donde se admite la existencia de una autoridad, de unas normas morales y una legislación a la que se someten, y en donde el Estado sólo participa para hacer cumplir lo acordado.   Aun con lo anterior debe decirse que cualquier Estado debe ir más lejos, debe aspirar a más, es decir, cada entidad debe participar activamente para el fortalecimiento y aplicación de los derechos humanos, a fin de que éstos sean no solamente reconocidos, sino también aplicados y respetados por las diversas instituciones que la forman.   Creemos que la manera más eficaz de cumplirse lo anterior refiere a la creación de programas que fortalezcan institucionalmente la observancia y aplicación de estos derechos a través de las políticas públicas a implementarse en el Estado.   En efecto, referirse a los derechos humanos como parte del pacto social de cualquier Estado no implica que éste participe en forma pasiva sólo reconociendo la existencia de esos derechos, eso ya fue hecho al promulgarse  la Constitución, sino que muy por encima de ello envuelve un compromiso del Estado con los ciudadanos para crear los mecanismos y procesos necesarios para implementar en sus políticas públicas la observancia, el respeto y la aplicación de tales derechos, y con ello, además garantizar el respeto y salvaguarda de la dignidad humana, se protege y preservan los intereses básicos de las personas para tener un desarrollo digno.   Así de esta forma se puede decir que los Estados participan en forma activa en el contexto de un pacto social, y con ello, que efectivamente tal pacto se cumple, inclusive se vería mejorado con tal disposición estatal, se hablaría, incluso, de nuevo pacto social; un pacto social que reconoce y aplica expresa y formalmente a través de sus programas el aspecto valorativo que conllevan siempre los derechos humanos.   gerardo@molina-garza.com   El autor es investigador de la Academia IDH.  Este texto es parte del proyecto de Derechos Humanos de VANGUARDIA y la Academia IDH

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