La “Ley Atenco”, bautizada así por sus detractores, permite el uso “cuando sea estrictamente inevitable” de armas letales, así como de esposas rígidas, semirrígidas, candados de pulgares y cinturones plásticos; y de armas intermedias como el bastón PR-24, tolete o su equivalente. También avala el uso de dispositivos de descargas eléctricas, inmovilizadores, sustancias irritantes en aerosol, equipo autoprotector, como cascos, chalecos y medios de transporte a prueba de balas.