CIDH aprueba mecanismo para investigación de caso Ayotzinapa

Nacional
/ 29 julio 2016

Entre los objetivos del mecanismo está dar seguimiento a las recomendaciones del GIEI, formuladas en sus dos informes

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) aprobó el mecanismo especial de seguimiento para la investigación del caso Ayotzinapa, en los términos propuestos de manera conjunta por la administración federal y familiares de las víctimas.

A través de un comunicado, la CIDH consideró importante reiterar las presentes medidas cautelares y solicitar al Estado que redoble sus esfuerzos a fin de implementar todas las medidas necesarias para “determinar el paradero o destino” de los 43 estudiantes de la Escuela Normal Rural Raúl Isidro Burgos, de Ayotzinapa, Guerrero, desaparecidos el 26 de septiembre de 2014.

El organismo detalló que entre los términos del mecanismo especial están los siguientes:

-El mecanismo tendrá como objetivos dar seguimiento a las medidas cautelares otorgadas MC/409/14 y en ese marco, a las recomendaciones del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI), formuladas en sus dos informes, que se deriven directamente de la medida cautelar. En caso de desacuerdo sobre el alcance o interpretación de los objetos del presente acuerdo, la Comisión estará a cargo de su interpretación.

-Debido a la amplitud del expediente, la CIDH nombrará como mínimo a dos asesores técnicos especiales de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión, para realizar labores de recopilación de información y documentación sobre el caso, quienes, en coordinación con el Estado, podrán realizar visitas a México con la frecuencia y el tiempo que sea necesario para su labor.

-Los asesores técnicos especiales tendrán acceso pleno a la información necesaria en los expedientes y otras fuentes de información correspondientes del caso, de acuerdo con la normatividad mexicana vigente, los estándares internacionales aplicables, con base en los principios de interpretación establecidos en el artículo 1 Constitucional.

-El Relator de país, y/u otro Comisionado designado por la CIDH, realizará tres visitas a México. El Relator de país, o un Comisionado designado por la CIDH, en consulta con el Estado, podrá realizar una cuarta visita para dar seguimiento a las medidas cautelares. Cada visita se realizará en forma coordinada. 

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