Concesionar radio y tv a religiosos cae en ilegalidad, advierten
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El Observatorio Eclesial y el colectivo República Laica denunciaron que abrir la puerta legal de las concesiones al culto viola el Estado laico
La difusión de mensajes, homilías y temas religiosos en televisoras y estaciones de radio son muy comunes. A través de sistemas de televisión de paga se transmiten programas católicos y evangélicos. La continuidad de estos es de 24 horas.
En la televisión abierta, en Televisa y TV Azteca, se difunden estos contenidos al igual que en canal 34 del estado de México.
Arturo Farela, presidente de la Confraternidad Nacional de Iglesias Cristianas Evangélicas (Confraternice), expuso que suman cientos las radios no autorizadas que transmiten en diferentes estados.
El Observatorio Eclesial y el colectivo República Laica denunciaron que abrir la puerta legal de las concesiones al culto viola el Estado laico. Farela solicitó en febrero pasado al presidente Andrés Manuel López Obrador una frecuencia.
Los canales católicos que se transmiten por televisión de paga son María Visión, EWTN. Red católica y ESNE. En cuanto a evangélico está Enlace. En el caso de las locales, dijo que las Iglesias no requieren gran infraestructura más que una antena y una cabina. La mayoría están en Chiapas, Tabasco, Nuevo León, estado de México, Veracruz y Coahuila.
Vulneraría Carta Magna
Oscar Moha, presidente de la asociación civil Libertad y Dignidad, expuso que hay ministerios que vienen de otros países sólo para colocar antenas. Las estaciones, agregó, son manejadas en su mayoría por pastores y divulgan información exclusivamente religiosa.
Sobre la difusión de programas en televisión y radio pública, agregó, que las Iglesias pagan para poder transmitir.
Ignacio Cuevas, analista del Observatorio Eclesial, señaló que otorgar concesiones a las Iglesias abriría la puerta a que pudieran aprovechar para inmiscuirse en las leyes y políticas que competen al Estado.
En un pronunciamiento, el colectivo República Laica, señaló que tal hecho vulneraría los artículos 16 y 21 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, en los que se señala que no pueden poseer o administrar concesiones para la explotación de estaciones de radio y televisión.
También, vulneraría el artículo 40 de la Constitución, en el que se estable la voluntad del pueblo mexicano de constituirse como una República laica.