Coahuila: desechan denuncia de Tania Flores contra Enrique Falcón por pedir que le realizaran examen psicológico
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Tania Flores señaló que la publicación contiene frases y suposiciones agresivas sobre su salud mental y el denunciado también expuso sus argumentos para defender que la crítica no contenía ningún tipo de violencia basada en género
El Tribunal Electoral del Estado de Coahuila resolvió en contra de una denuncia por violencia política en razón de género que fue promovida por la alcaldesa de Múzquiz, Tania Flores, a raíz de señalamientos de un funcionario sobre su salud mental.
La denuncia fue interpuesta por la alcaldesa en contra de Enrique Falcón Cepeda, empresario muzquense y nombrado en 2022 como subsecretario de Infraestructura y Obra Pública del Estado de Coahuila, quien declaró que Flores carecía de lógica al someter a votación de cabildo la instalación de contenedores de basura a las afueras de su residencia y de Karla Escalera a raíz de las críticas en su contra.
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“Lo que necesita esta mujer es que la Secretaría de Salud, a través de la clínica de salud mental, la evalúe; si el caso es grave, deben examinarla”, fue lo que dijo Falcón Cepeda.
En el análisis, el Tribunal declaró que estas manifestaciones sí se expresaron a través de medios de comunicación, quienes lo difundieron en apego al derecho de la libertad de expresión.
“En cuanto a la redacción y publicación, se encuentra amparada la libertad de expresión”, dijo la ponencia del TEEC.
En la ponencia, el secretario de cuenta leyó que si bien es cierto Tania Flores señaló que la publicación contiene frases y suposiciones agresivas sobre su salud mental, el denunciado también expuso sus argumentos para defender que la crítica no contenía ningún tipo de violencia basada en género.
“El denunciado aporta sus propios argumentos exponiendo la razón de su opinión, los que no están relacionados con el hecho de ser mujer, sino con diferentes tópicos respecto a la actuación de la quejosa en el ejercicio del cargo público”, dice la ponencia.
“No menoscaba sus derechos político-electorales, aunado a que las expresiones pueden dirigirse también a un hombre al no encontrarse basadas en estereotipos de género u otras que le generen discriminación, o inciten un discurso de odio en contra de las mujeres”, detalla.
Debido a ello, fue que la denuncia que solicitaba un Procedimiento Especial Sancionador contra el funcionario, y que recayó en el asunto TECZ-PES-2/2024, fue desechada por el Tribunal, quien además recordó que este tipo de expresiones son propias del debate político entre quienes están sometidos al interés público.
“A juicio de esta ponencia, la publicación se encuentra amparada en la libertad de expresión, difusión de ideas que imperan en el debate político, que forman parte de un discurso crítico en el ámbito político”, concluyó.