Coahuila: imperan juicios abreviados en procesos por agresiones sexuales contra menores

Coahuila
/ 5 diciembre 2023

La mayoría de los procesos que se siguen en el Poder Judicial por este tipo de delitos termina en este tipo de resolución que no garantiza reparación del daño

Entre 2017 y 2021, el Poder Judicial del Estado resolvió la mayoría de los casos relacionados con delitos sexuales contra personas menores de 15 años, por la vía del procedimiento abreviado. Un experto en la materia asegura que este tipo de resolución favorece a las personas agresoras sin garantizar la reparación del daño a las personas víctimas.

El informe “Niñas, niños y adolescentes en el estado de Coahuila de Zaragoza: el escenario actual y perspectivas del futuro”, presentado recientemente por colectivos feministas y defensores de derechos humanos, contabilizó 115 casos de violación equiparada de persona menor de 15 años. De esta cifra, 106 casos se resolvieron vía procedimientos abreviados: “13 en 2017, 16 en 2018, 12 en 2019, 13 en 2020, y 52 en 2021”.

TE PUEDE INTERESAR: Acechan delitos de alto impacto a niños y adolescentes coahuilenses: colectivos

De acuerdo con el artículo 201, 202 y 205 del Código Nacional de Procedimientos Penales, el procedimiento abreviado es una terminación anticipada del proceso penal. Implica que la persona imputada reconozca su responsabilidad por el delito que se le atribuye. Es solicitado por el agente del Ministerio Público (en este caso la Fiscalía General del Estado) y no debe existir oposición de la víctima u ofendido. Requiere la autorización del juez de control.

El procedimiento abreviado equivale a una sentencia condenatoria, la diferencia es que la persona imputada acepta su responsabilidad en la comisión de la conducta delictiva, lo que evita a la persona víctima ser revictimizada durante el proceso penal del que es parte.

$!Los casos de procedimiento abreviado se han disparado hasta en un 400 por ciento.

Del 2017 al 2020, este delito registró un promedio anual de 13.5 procedimientos abreviados, no obstante, el año 2021 la cantidad se elevó hasta 52, lo que significó un incremento de 400 por ciento”, refiere el informe autoría de Ariadne Lamont y Jairo Edgardo Torres.

Los casos de abuso sexual cometidos contra persona menor de 15 años, también registran resoluciones mayores por la vía del procedimiento abreviado que por sentencia condenatoria. Entre 2017 y 2021 ocurrieron 130 casos en Coahuila. Un total de 63 fueron resueltos por la vía del procedimiento abreviado: “uno en 2017; seis en 2019; 18 en 2020 y 38 en 2021”.

TE PUEDE INTERESAR: Registran ‘boom’ de abusos en escuelas de Coahuila en últimos años

Por este delito solo se registró una sentencia condenatoria en 2021.“Si bien en el año 2020 ya se detectaba una peligrosa tendencia al alza, pues los números se triplicaron respecto al 2019, durante el año 2021 el registro nuevamente creció a casi 40 procedimientos abreviados, lo que supera el nivel de los tres años previos en conjunto”, señala el informe.

Carlos Jaime Castro, director de Delta Abogados resaltó a VANGUARDIA que el problema del procedimiento abreviado en los casos de delitos sexuales, no garantiza la reparación del daño, pues aunque la autoridad judicial fijara una sanción económica, la persona infractora deberá cumplir su sentencia privado de libertad.

$!Este tipo de resolución no beneficia por completo a la víctima, de acuerdo con especialistas.

La mala práctica ha sido, por ejemplo en los casos de violación, cuando la carpeta de investigación no es fuerte y reclasifican el delito de violación a abuso a cambio de una abreviado”, explicó el asesor legal.

Carlos Jaime detalló que este tipo de ofrecimiento implica beneficios para la persona imputada, pues de recibir una sentencia en prisión de nueve a 16 años, la reclasificación le ayuda para reducir el tiempo privado de libertad de cuatro a nueve años.

TE PUEDE INTERESAR: Liberan con brazalete a subdirector de primaria de Saltillo señalado por abusar de dos alumnas

En el tema del procedimiento abreviado, la reparación del daño, pues nunca se garantiza porque la gente dice: -ya voy a pagar con cárcel-, entonces la reparación del daño se dan cantidad de líquida, y para las víctimas, pues es muy difícil, después tener que iniciar todo un procedimiento en la vía civil contratar un abogado, porque ahí los abogados de oficio no entran, meter pruebas, liquidar ese ese daño moral y luego hacérselo exigible. ¿Cómo se lo cobras a alguien que está en prisión?”, sostuvo.

El informe refiere que de las 236 carpetas de investigación judicializadas por violación y abuso sexual contra personas menores de 15 años, solo en ocho casos, las personas víctimas han buscado justicia sin abreviar el proceso legal del que son parte.

COMENTARIOS

NUESTRO CONTENIDO PREMIUM