Diputada de Coahuila plantea dar validez jurídica a los reglamentos internos de fraccionamientos
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En sesión de Congreso, la diputada Mayra Valdés González propone adiciones al Artículo 179 de la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, para dar legalidad y validez a los reglamentos internos de los fraccionamientos cerrados y semicerrados; por los beneficios que ofrecen en materia de convivencia, regulación y solución de conflictos vecinales.
Diversos estados lo tienen regulado en sus leyes y en Querétaro crearon el Código Urbano. En todos los casos se les reconoce a los condóminos o habitantes del sector el derecho a crear sus órganos y reglamentos internos, incluso mediante actas constitutivas registradas ante notario público.
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Los reglamentos regulan las cuotas de mantenimiento, los trabajos de remodelación, la convivencia, el uso de áreas comunes, las medidas de seguridad, limpieza de calles y banquetas, el nivel de ruido, la tenencia de mascotas, la celebración de fiestas, la circulación de vehículos y las mudanzas, entre otras actividades.
La legisladora plantea establecer que los colonos, habitantes o arrendatarios de los fraccionamientos podrán acordar la creación de asambleas o comités para regular la convivencia, el uso de espacios comunes y todos los aspectos que se consideren necesarios para mejorar la calidad de vida al interior del sector.
Asimismo, “podrán acordar la creación de reglamentos internos para cumplir con los fines señalados, los cuales serán válidos cuando sean aprobados por la mayoría absoluta de los propietarios o arrendatarios y serán obligatorios para todos. La creación de las asambleas o comités también requiere del mismo porcentaje de votación de los habitantes”.
Los reglamentos, refiere la iniciativa, deberán apegarse a las leyes, normas y reglamentos estatales y municipales en materia de asentamientos humanos, urbanismo, vivienda, agua potable, vialidad, seguridad pública y respeto a los derechos humanos fundamentales.
La diputada señaló que los reglamentos internos de los fraccionamientos cerrados y semicerrados tienen validez y son vinculantes desde el punto de vista en materia civil, como un derecho de todos los ciudadanos que se agrupan o asocian con un fin lícito y darle forma legal a la asociación o agrupación siempre que la ley lo permita y que la reglamentación no vulnere derechos fundamentales o imponga cláusulas o disposiciones arbitrarias.