En Saltillo, vecinos ruidosos pagarán multa... con cargo en el predial

Coahuila
/ 23 noviembre 2023

Si no cubren la sanción, pagarán con trabajo comunitario

La Policía Ambiental de Saltillo cuenta con equipos especiales para medir el volumen de ruido y con ello atenderá los reportes de vecinos ruidosos y las “guerras de bocinas” para, en primera instancia, exhortar a que le bajen el volumen; de reincidir serán citados ante el juez de justicia cívica, y de negarse, entonces se les aplicará una multa: si no pagan, se transformará en crédito fiscal y se cobrará en el recibo del impuesto predial.

Si el responsable de exceder los decibeles no es el propietario de la vivienda, por ser rentero, el dueño deberá explicar la situación ante la autoridad municipal para que le cancelen el cobro, informó el regidor Alberto Leyva García, presidente de la Comisión de Seguridad Pública.

El Bando de Policía y Gobierno de Saltillo, señala como faltas contra el bienestar colectivo las emisiones de ruido generadas en fuentes fijas y móviles, entendiéndose por estas cualquier aparato, vehículo o maquinaria que reproduzca sonido y pueda ser transportado, que rebasen los decibeles y horarios permitidos.

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El regidor aclaró que con el nuevo modelo de justicia cívica lo que se pretende es solucionar los conflictos vecinales a través de la mediación, en la cual 250 policías municipales han sido capacitados para intervenir en la solución en el sitio de los hechos entre particulares. De no haber un acuerdo, el asunto pasará al juez cívico para dirimir controversias.

“Una vez que a la persona se le hace un citatorio para el cumplimiento de la multa y no cumple, se le hace un segundo citatorio y no cumple, el juez cívico estará en posibilidad de mandarlo llamar para responder sobre la acusación y valorará la posible multa, una posible consecuencia es hacer un crédito fiscal”.

Para evitar la multa, la persona puede conmutarla por terapia reeducativa o trabajo comunitario. La multa es a discreción del juez cívico, de acuerdo con lo regulado en la Ley de Ingresos, atendiendo las particularidades de cada caso.

En caso de reporte por exceso de ruido, oficiales de la Policía Ambiental acudirán al lugar, con equipo especial medirán el volumen en decibeles y será elemento de prueba que entregarán al juez cívico, al tiempo que exhortarán a los vecinos a bajar el volumen. La prioridad es mantener la sana convivencia entre vecinos y, en última instancia, proceder a la multa; si no paga, procederá como crédito fiscal para cobrarlo en el recibo del predial.

Si la persona “ruidosa” no es propietaria de la vivienda y solo es rentera, aun así, se cargará el cobro en el predial de la vivienda y el dueño podrá inconformarse ante el juez cívico para aclarar el hecho.

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Zona Horario Límite máximo permisible:

Residencial (exteriores): De 06:00-22:00 horas, 55 decibeles
De 22:00-06:00 horas, 50 decibeles.

Hasta 55 decibeles: aspiradoras, batidoras, televisión con volumen medio, calle transitada, sala con gente, calle poco transitada.

Industriales y comerciales: De 06:00-22:00 horas, 68 decibeles.
De 22:00-06:00 horas, 65 decibeles.

Hasta 68 decibelios: Personas conversando en voz alta, teléfono sonando cerca del oído, restaurante abarrotado, una manifestación,

Escuelas (áreas ext., de juego): Durante el juego, 55 decibeles.
Ceremonias, festivales, y durante el evento, 100 decibeles.

Eventos de entretenimiento

Hasta 100 decibeles: Ruido de motocicleta, escape ruidoso, aspiradora, tráfico intenso, paso de un tren, sirenas de bomberos, claxon de vehículos, perforadora.

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