Incumplen bares del Centro de Saltillo reforma antitabaco; fuman en áreas prohibidas (video)
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Algunos establecimientos del Centro Histórico de Saltillo incumplen la prohibición de permitir a sus clientes fumar en terrazas y patios donde se sirven alimentos y bebidas
SALTILLO, COAH.- Incumpliendo las reformas a la Ley General para el Control de Tabaco, al menos seis bares del Centro de Saltillo permiten a sus clientes fumar en áreas que ahora son prohibidas, como patios y terrazas, sin que su personal les advierta sobre alguna restricción.
En un recorrido realizado por VANGUARDIA en establecimientos del Centro Histórico de Saltillo, se pudo fumar con total normalidad en los patios o terrazas de cada negocio y se observó a otros clientes haciendo lo mismo.
La nueva disposición se publicó en el Diario Oficial de la Federación el pasado 16 de diciembre y entró en vigor el pasado 15 de enero, misma que indica en su artículo 65 bis que queda prohibido “consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o nicotina en los espacios de concurrencia colectiva”.
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En ese sentido, además de interiores, los espacios donde ahora está prohibido fumar en restaurantes, restaurantes-bares y bares son: “patios, terrazas, balcones (...) y demás espacios que establezca la Secretaría (de Salud) en términos de la Ley”.
Al indagar con el personal de meseros, bartenders o encargados de seguridad de los distintos bares, en cinco mencionaron que no tenían indicación alguna de cambiar nada respecto a la distribución del área de fumadores o bien de indicarle a sus clientes que no podían encender sus cigarrillos en terrazas o patios donde se sirven bebidas y alimentos, e incluso siguen proporcionando ceniceros.
Según el artículo 58 de la Ley, si el propietario, encargado o administrador de un establecimiento ve a una persona fumando, tiene que seguir estos pasos: 1) pedirle que deje de fumar y apague su cigarro, 2) si insiste, solicitarle que se retire del lugar o pase a una zona exclusivamente para fumar y 3) si se resiste, negarle el servicio y de ser necesario buscar asistencia de la autoridad correspondiente.
“Las zonas exclusivamente para fumar deberán ubicarse solamente en espacios al aire libre, en las cuales está prohibido brindar la prestación de cualquier servicio o consumo de alimentos, bebidas o entretenimiento, entre otros, así como llevar a cabo actividades sociales o de esparcimiento”, señala el artículo 60.
El personal de dos de los negocios mencionados dieron a entender que no conocían las nuevas reglas de la Ley, mientras que uno de los establecimientos visitados reconoció que están enterados de las nuevas disposiciones, pero aún permiten fumar en su terraza y balcones.
Sergio C., propietario de dicho bar, señaló que están buscando ampararse junto con otros establecimientos y restaurantes del Centro Histórico, y reiteró que su local mantiene un área libre de humo de tabaco.
Uno de los encargados de otro restaurante bar del Centro también expuso que seguirán permitiendo fumar en su patio central, al menos hasta el 20 de febrero que, según le informaron, comenzarán las sanciones. En ese sentido, adelantó que se apegarán a las nuevas disposiciones, pues le advirtieron que las multas pueden ir desde varios cientos de miles de pesos hasta la clausura del negocio durante seis meses.
CUATRO TIPOS DE SANCIONES Y MULTAS DE HASTA 414 MIL PESOS
Hay cuatro tipos de sanciones administrativas si se incumple con el nuevo reglamento: amonestación con apercibimiento, multa que puede ser de hasta 414 mil 960 pesos, clausura temporal o definitiva (que podrá ser parcial o total) o arresto hasta por 36 horas.
En caso de que una persona fume en un espacio establecido como 100 por ciento libre de humo de tabaco y emisiones, puede hacerse acreedora a una multa de 10 mil 374 pesos, de acuerdo a la Secretaría de Salud de Coahuila.
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Contrario a los casos anteriores, el único establecimiento –de los siete visitados por este medio– que ya aplicó la prohibición en sus instalaciones es Puerta al Cielo. El bartender aseguró que si bien arrancaron la semana sin cambios, a partir del pasado miércoles le dieron la indicación al personal de aclararle a sus clientes que no podían fumar a pesar de que gran parte del local está al aire libre.
En cuanto al impacto de la disposición, manifestó que hasta el momento no ha habido quejas por parte de los clientes, ni se ha notado una baja en la afluencia. En este sitio no se observó a ninguna persona fumando.
¿YA NO SE PODRÁ FUMAR EN NINGÚN LUGAR?
El artículo 60 especifica cómo deben ser las nuevas áreas para fumadores en los establecimientos, que deben cumplir las siguientes cinco características:
I. Estar físicamente separadas e incomunicadas de los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y emisiones; no ser paso obligado para las personas o encontrarse en los accesos o salidas de los inmuebles;
II. Estar ubicadas en un cerco perimetral de al menos diez metros de las entradas, accesos, salidas o cualquier lugar obligado donde las personas pasen o se congreguen, así como de los sitios donde se encuentren conductos de entrada de aire;
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III. Los espacios al aire libre no deberán ser mayor al 10 por ciento del área total del inmueble o establecimiento. En su caso, en la medición del espacio total se tomará en cuenta exclusivamente la superficie destinada a la prestación del servicio, sin incluirse en ningún caso las áreas destinadas a la cocina, a la preparación de bebidas, a los equipos de sonido y sus operadores, a los sanitarios o estacionamientos;
IV. Contar con la señalización que prohíbe la entrada a menores de edad, la cual debe ser visible y adecuada. Asimismo, emplear señalización que incluya advertencias sanitarias gráficas sobre los efectos y daños en la salud a que se exponen las personas por entrar en zonas exclusivamente para fumar, y
V. Está prohibido el acceso y presencia de personas menores de edad. Asimismo, deberá advertirse en especial a las mujeres embarazadas de los riesgos que corre ella y el producto al entrar en zonas exclusivamente para fumar, así como a personas adultas mayores y quienes padecen de enfermedades cardiovasculares, respiratorias, cáncer, asma, entre otras.
Sobre la adecuación de los espacios para áreas exclusivamente para fumadores, sin servicio de alimentos ni bebibas, el bartender de Puerta al Cielo comentó que ve poco probable que se cree una nueva área de fumadores en su local; mientras que el personal de Brujas afirmó que sí planean destinar su patio trasero exclusivamente para fumadores, aunque también se mostró preocupado, pues se espera que baje al menos la mitad de su clientela, por la incomodidad de estar constantemente parándose lejos de su mesa y sin su trago para fumar.
El resto de bares visitados no se posicionaron respecto a instalar una nueva área exclusiva para el consumo de tabaco.
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SECRETARÍA DE SALUD INFORMA QUE AÚN NO APLICARÁ SANCIONES
Tal como informó VANGUARDIA el pasado 15 de enero, la Secretaría de Salud de Coahuila aclaró que la vigilancia de las nuevas disposiciones estará a cargo de la Subsecretaría de Regulación y Fomento Sanitario, así como de la Comisión Estatal contra las Adicciones.
En ese sentido, detallaron que primero se realizará difusión y capacitación sobre las modificaciones y luego comenzarán a aplicar sanciones, escenario que reiteró este viernes el subsecretario de Regulación y Fomento Sanitario en Coahuila, Sergio de la Parra.
Sin embargo, en el recorrido realizado la noche de ayer jueves no se apreció ningún tipo de información al respecto en los establecimientos.
La ley establece que al interior y exterior de los negocios se deberán colocar letreros, logotipos y emblemas sobre el tema que establezca la Secretaría de Salud.
PROPIETARIOS PREPARAN AMPAROS
Como Sergio Castillo, propietario del Cerdo de Babel, la Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (Canirac) informó esta semana que están en contacto con varios despachos de abogados para presentar amparos, pues consideran que las medidas impactarán a miles de unidades de negocio afiliadas.
Respecto a estos posibles amparos, el subsecretario De la Parra aclaró que los negocios están en todo su derecho de acudir a ese recurso legal.
No obstante, mientras estos se tramitan y en su caso proceden, los establecimientos están obligados a acatar la ley, pues aunque algunos aseguran que están en un periodo de gracia, el mismo ya se cumplió durante los 30 días naturales que pasaron entre la publicación del decreto y su entrada en vigor.