Tribunal Electoral de Coahuila revoca medidas cautelares impuestas a diversos precandidatos de Morena
COMPARTIR
Las medidas cautelares fueron impuestas por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral de Coahuila, por supuestos actos anticipados de campaña en Facebook
En sesión pública extraordinaria, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza (TECZ) resolvió revocar, en los autos del expediente TECZ-JDC-03/2026 y acumulados, las medidas cautelares impuestas por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral de Coahuila a diversos precandidatos únicos del partido Morena.
Lo anterior, por supuestos actos anticipados de campaña en la red social Facebook.
Tras el análisis de los casos, las magistraturas determinaron lo siguiente:
Revocación de medidas cautelares: Se dejó sin efecto la orden de retirar imágenes de la portada del perfil de Facebook para las siguientes precandidaturas únicas:
Paloma Nayeli de los Santos Pérez (Distrito I, con cabecera en Acuña).
Eduardo Hernández Carrizalez (Distrito XIV, Saltillo).
Alfonso de Jesús Almeraz Borjas (Distrito V, Monclova).
Mónica Darinka Guerra Arrieta (Distrito VII, Matamoros).
Respecto a la ciudadana Rocío Guadalupe de Aguinaga Peraza (precandidata única, Distrito X, Torreón), subsistieron las medidas dictadas, por no haber expresado agravios respecto a la probable infracción de promoción personal.
Asimismo, se desechó la demanda interpuesta por Alberto Hurtado Vera (Distrito XV, Saltillo), debido a que el documento carecía de la firma autógrafa del promovente.
El Tribunal también determinó dejar subsistentes las medidas respecto a las publicaciones que contienen una silueta que presuntamente corresponde a Claudia Sheinbaum, presidenta de México, en virtud de que los actores no presentaron argumentos al respecto ni debatieron este punto en sus respectivas demandas.
Como resultado de este fallo, el Tribunal ordenó a la Comisión de Quejas y Denuncias del IEC dejar sin efectos los actos de ejecución derivados de las medidas cautelares revocadas, en relación con dichas precandidaturas.
Asimismo, determinó que es innecesario que el IEC emita un nuevo acuerdo sobre este tema, tomando en consideración que el periodo de intercampañas inició formalmente a las 00:00 horas del 21 de marzo de este año.