Va Congreso contra discriminación en bares y centros de entretenimiento de Coahuila
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Con el objetivo de erradicar la discriminación en bares, restaurantes y otros centros de esparcimiento en Coahuila, la diputada Claudia Aldrete, del Partido Acción Nacional (PAN), presentó una iniciativa en el Congreso local que busca modificar la Ley de Regulación de la Venta y Consumo de Alcohol del estado, con el fin de establecer medidas más estrictas para prevenir y sancionar los actos discriminatorios en estos establecimientos.
Según la legisladora, estos lugares entre los que se encuentran bares, restaurantes-bar, discotecas, cervecerías, billares y pubs, han sido señalados en diversas denuncias por realizar prácticas discriminatorias hacia sus clientes por diversos motivos, destacando el color de piel, las preferencias sexuales, la condición física (como el sobrepeso), la vestimenta, la edad, el origen étnico, el nivel socioeconómico y, en algunos casos, la discapacidad.
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Aldrete detalló que en Coahuila se han documentado múltiples casos de discriminación en estos lugares siendo las prácticas más denunciadas el negar el acceso a los clientes sin justificación, exigir una fotografía para hacer una reservación, o incluso obligar a los clientes a cambiarse de mesa para dejar espacio a otros considerados “VIP”. También se han reportado actitudes de trato desigual por parte del personal, como un servicio grosero o deficiente a ciertos clientes, mientras que otros recibían una atención preferencial.
Uno de los casos más recurrentes ha sido el trato diferenciado hacia personas con sobrepeso, a quienes se les ha llegado a informar que “incomodaban a otros clientes”; igualmente, personas mayores de 40 años han sido excluidas bajo el argumento de que los lugares en cuestión estaban destinados solo para una “clientela joven”.
Para combatir estas prácticas, la bancada blanquiazul propuso modificaciones específicas en los artículos 64 y 65 de la Ley de Regulación de la Venta y Consumo de Alcohol en Coahuila. En primer lugar, se busca incluir en la fracción XXIII del artículo 64 una obligación para los establecimientos de esparcimiento, que deberán “Establecer las medidas y, en su caso, brindar la capacitación necesaria al personal para evitar actos de discriminación en contra de los clientes”.
Además, la modificación del artículo 65, en su fracción XVI, establecería que los centros de entretenimiento no deben “permitir que se realicen actos de discriminación en cualquiera de sus formas en contra de los clientes”.