Instituciones financieras que no cumplan con geolocalización serán sancionadas
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A partir del pasado domingo 21 entraron en vigor - de manera escalonada y por sector-- las reformas que obligan a las instituciones financieras a obtener y conservar la geolocalización en tiempo real del dispositivo a través del cual sus clientes realicen operaciones o servicios
CIUDAD DE MÉXICO.- La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) advirtió que las instituciones financieras que no cumplan con las medidas de geolocalización en los dispositivos móviles de sus usuarios serán acreedoras a sanciones.
"A partir de la puesta en marcha de la reforma, la CNBV, a través de sus labores de supervisión, verificará que las instituciones financieras cumplan dicha medida. Como con todas las obligaciones en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, las instituciones financieras que se encuentren en incumplimiento serán sujetas de la sanción correspondiente", puntualizó en un comunicado.
Según la institución encabezada por Juan Pablo Graf Noriega, a partir del pasado domingo 21 entraron en vigor - de manera escalonada y por sector-- las reformas que obligan a las instituciones financieras a obtener y conservar la geolocalización en tiempo real del dispositivo a través del cual sus clientes realicen operaciones o servicios.
El domingo 21 correspondió a transmisores de dinero y sociedades financieras populares; el lunes 22 a sociedades financieras de objeto múltiple, casas de cambio, sociedades cooperativas de ahorro y préstamo; este martes a bancos y asesores en inversiones, mientras que el 23 de julio la regulación entrará en vigor para casas de bolsa y fondos de inversión.
La CNBV recordó que esa medida deriva de los compromisos internacionales adoptados por México como integrante del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
Cada modificación a las disposiciones busca adecuarse a los estándares internacionales que dicho organismo ha instrumentado para combatir el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo y que han sido reconocidos por diversos países, así como por organizaciones internacionales como el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional.
En ese sentido, la presente obligación está en línea con la Guía sobre Identidad Digital dada a conocer por el GAFI en marzo de 2020.
"Cabe precisar que el requisito de obtener la geolocalización de los dispositivos tiene como objeto contar con un indicador de riesgo del cliente que permita a las instituciones financieras obtener información de la zona geográfica al momento de ejecutar operaciones no presenciales que se lleven a cabo en dispositivos que el cliente tiene en su poder y de las que se desconoce su ubicación, por lo que sólo pueden saber desde dónde se están realizando las mismas recabando la geolocalización de dicho dispositivo", señaló la CNBV.