¿Arriendas una casa o departamento? Estas son las obligaciones y los beneficios que tienes con el SAT

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/ 15 julio 2025

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El SAT advierte a propietarios que rentan inmuebles sobre sanciones por evasión fiscal y los exhorta a registrarse en el Régimen de Arrendamiento

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) lanzó un recordatorio dirigido a todas las personas físicas que perciben ingresos por concepto de arrendamiento de bienes inmuebles. La autoridad fiscal enfatizó que quienes no estén registrados en el Régimen de Arrendamiento y no cumplan con sus obligaciones fiscales pueden enfrentar severas sanciones legales y económicas.

Cada año, el SAT realiza campañas para reforzar el cumplimiento fiscal de sectores clave, y en esta ocasión ha puesto atención en el rubro de arrendamiento de propiedades, una actividad que genera ingresos a miles de personas en el país.

De acuerdo con la autoridad, una proporción significativa de propietarios que alquilan casas, departamentos, bodegas, locales comerciales o cualquier otro bien inmueble no se encuentra formalmente registrada ante el SAT, lo cual constituye una infracción grave conforme a la legislación fiscal mexicana.

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RIESGOS Y SANCIONES POR NO CUMPLIR CON EL REGISTRO Y LAS DECLARACIONES ANTE EL SAT

El SAT ha advertido que el incumplimiento de las obligaciones fiscales por arrendamiento puede derivar en distintas consecuencias, entre ellas:

Multas económicas proporcionales al monto no declarado.

Recargos e intereses acumulados por impuestos omitidos.

Auditorías fiscales a fondo para verificar ingresos no reportados.

Clausura de la actividad económica, impidiendo continuar con el arrendamiento legal.

Afectaciones en el historial fiscal del contribuyente, lo cual puede dificultar el acceso a créditos bancarios, limitar trámites ante instituciones públicas y perjudicar la imagen del arrendador como contribuyente ante el fisco.

¿QUÉ ES EL RÉGIMEN DE ARRENDAMIENTO?

El Régimen de Arrendamiento está diseñado para personas físicas que obtienen ingresos por rentar inmuebles como casas, departamentos, edificios, terrenos, bodegas o locales comerciales. Quienes se registran en este régimen pueden acceder a beneficios fiscales al declarar adecuadamente sus ingresos.

Beneficios fiscales para arrendadores

A. Deducciones permitidas

Los arrendadores pueden deducir una serie de gastos relacionados con el mantenimiento o inversión en el inmueble, tales como:

- Pagos por mantenimiento y mejoras al inmueble.

- Consumo de agua.

- Impuesto predial.

- Salarios, comisiones y honorarios pagados.

- Primas de seguros que cubran los bienes arrendados.

- Intereses por créditos destinados a la compra o mejora del inmueble (con comprobante fiscal).

Además, el arrendador tiene la opción de deducir un 35% de los ingresos obtenidos más el predial, como alternativa a las deducciones individuales.

B. Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)

Las personas cuyos ingresos por arrendamiento no superen los $3,500,000.00 al año pueden optar por tributar en el Régimen Simplificado de Confianza. Para acceder, deben presentar un aviso de actualización en el RFC, y pueden recibir ingresos adicionales por sueldos e intereses, siempre que la suma total no rebase el tope establecido.

DEFINICIONES CLAVE QUE DEBEN DE CONOCER LOS ARRENDADORES

Arrendador: Persona que posee y renta un inmueble.

Arrendatario: Persona que paga por el uso del inmueble.

Renta: Pago periódico por el uso del inmueble.

Subarrendamiento: Cuando el arrendatario autoriza a un tercero el uso del inmueble.

Bienes inmuebles: Propiedades no movibles como casas, departamentos, terrenos, etc.

Además, los contribuyentes registrados pueden incluir en su declaración anual otras deducciones personales, como gastos médicos, intereses hipotecarios y colegiaturas, y en caso de generar saldo a favor, tienen la opción de solicitar devolución del mismo.

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¿SE DEBE DE COBRAR EL IVA CUANDO SE RENTA UNA CASA O DEPARTAMENTO?

El SAT también aclara una diferencia importante para quienes rentan casas habitación:

Cuando se rentan amuebladas, debe cobrarse el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Cuando se rentan sin muebles, no se cobra IVA.

El SAT reiteró su llamado a que todos los propietarios de inmuebles que generan ingresos por renta se regularicen, se registren correctamente en el RFC y cumplan con sus obligaciones fiscales. Esta medida no solo evita sanciones, sino que permite acceder a beneficios fiscales y mantener un historial tributario limpio.

Para mayor información o registro, los contribuyentes pueden consultar la página oficial del SAT o acudir a las oficinas locales de atención.

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Me interesan los temas de actualidad, la música de Asia y el Glam Rock; con pasión por los deportes como el Fútbol Americano y los e-sports. Parte de la comunidad Queer que disfruta la literatura y las tendencias.
Licenciada en Letras Españolas por la Universidad Autónoma de Coahuila, con diplomado en Literatura Contemporanea del siglo XX otorgada por el INBA y ponente en el II Congreso Internacional de Humanidades: Horizontes y Desafíos en la Investigación Interdisciplinaria, Además de contar con certificado en Lengua de Señas Mexicanas nivel avanzado.

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