¿Cuándo se pagan las utilidades en México y quiénes las reciben en 2024? Respondemos las preguntas más frecuentes
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La Secretaría de Trabajo resuelve las principales preguntas sobre el pago de utilidades a los empleados en México establecidos en la LFT
Con la proximidad del periodo de entrega de utilidades a los empleados, surge una serie de preguntas y dudas sobre este beneficio laboral. Para aclarar estos interrogantes, la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo ha proporcionado respuestas claras y concisas a las cuestiones más comunes relacionadas con las utilidades.
El pago de utilidades en México se encuentra establecido en el Artículo 117 de la Ley Federal del Trabajo (LFT). Este artículo establece que los trabajadores tienen derecho a participar en las utilidades de las empresas en las que trabajan. La participación de los trabajadores en las utilidades será de un porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.
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¿QUÉ SON LAS UTILIDADES?
Las utilidades son un derecho constitucional de la población trabajadora que permite participar en las ganancias obtenidas por el patrón o la empresa a cambio de su trabajo subordinado y remunerado.
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¿CUÁNDO SE DEBEN DE PAGAR LAS UTILIDADES EN MÉXICO EN 2024?
Para empresas (personas morales), la obligación de pago se establece desde el primer día hábil de abril hasta el último día hábil de mayo. En el caso de personas físicas, el periodo es del primer día hábil de mayo al último día hábil de junio.
¿QUIÉNES TIENEN DERECHO A PARTICIPAR EN LAS UTILIDADES EN MÉXICO?
Todos los trabajadores, excluyendo directores, administradores, gerentes generales, socios o accionistas, trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año correspondiente, y prestadores de servicios profesionales.
¿CAUSA IMPUESTO EL PAGO DE UTILIDADES?
Sí, únicamente cuando el monto excede el equivalente a 15 días de salario mínimo.
¿ANTE QUÉ AUTORIDAD SE PUEDE RECLAMAR EL PAGO DE UTILIDADES?
El reclamo se puede presentar ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje en la Ciudad de México. En caso de no contar con un abogado particular, la Procuraduría de la Defensa del Trabajo brinda patrocinio gratuito del juicio laboral.
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¿Qué patrones no están obligados a dar utilidades?
Empresas de nueva creación durante el primer año de funcionamiento, empresas nuevas dedicadas a la elaboración de un producto novedoso, empresas nuevas de la industria extractiva durante el periodo de exploración, instituciones de asistencia privada reconocidas por las leyes, IMSS e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
¿Cómo se reparten individualmente las utilidades?
La utilidad repartible se divide en dos partes iguales y se distribuye entre todos los trabajadores considerando el número de días trabajados por cada uno durante el año y el monto de los salarios devengados.
¿Qué días se consideran como laborados para el reparto de utilidades?
Se consideran todos aquellos días en los que, por disposición de ley, contrato individual o colectivo y Reglamento Interior, el trabajador perciba su salario, incluso cuando no labore.
¿Qué salario debe considerarse como base del reparto?
Se toma en cuenta el salario diario efectivo percibido por cada trabajador. No se incluyen gratificaciones, percepciones o sumas por trabajo extraordinario.
¿Qué tiempo se tiene para reclamar el pago de reparto de utilidades?
El plazo para reclamar el pago es de un año, contado a partir del día siguiente en que se genere la obligación para el patrón.
Las empresas tienen la obligación de pagar las utilidades a sus trabajadores a más tardar el 30 de mayo de cada año. Es importante señalar que el derecho a participar en las utilidades es irrenunciable.
La Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo enfatiza la importancia de conocer estos aspectos para garantizar el cumplimiento de este derecho laboral fundamental y ofrece asistencia para resolver cualquier duda o inconveniente que pueda surgir en relación con el pago de utilidades a los trabajadores.