¿Es legal trabajar 12 horas diarias en México? Esto dice la Ley Federal del Trabajo

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/ 1 julio 2025

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Esquemas como 12x12 y 24x24 son comunes en sectores como seguridad, pero deben cumplir con la Ley Federal del Trabajo para no violar los derechos laborales

En México, es frecuente encontrar trabajadores que laboran bajo esquemas como 12x12, 12x24 o incluso 24x24, lo que significa jornadas continuas de 12 o 24 horas seguidas con periodos equivalentes de descanso.

Aunque muchas personas aceptan este tipo de horarios como parte de su vida laboral, surgen dudas importantes sobre su legalidad y los derechos que tienen los trabajadores en estos casos. La Ley Federal del Trabajo (LFT), junto con criterios emitidos por la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), establece parámetros claros al respecto.

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¿QUÉ DICE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO SOBRE LAS JORNADAS LABORALES?

Según el Artículo 58 de la LFT, la jornada de trabajo es “el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo”. En este sentido, la ley mexicana no prohíbe que un patrón y un trabajador acuerden ciertas modalidades, pero sí establece límites máximos de duración y condiciones específicas según el tipo de jornada.

TIPOS DE JORNADAS LABORALES PERMITIDAS SEGÚN LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO

De acuerdo con los artículos 60 y 61 de la LFT, existen tres tipos de jornada laboral:

- Jornada diurna: va de las 6:00 a las 20:00 horas y no puede exceder de 8 horas al día.

- Jornada nocturna: comprende de las 20:00 a las 6:00 horas y tiene un máximo de 7 horas diarias.

- Jornada mixta: combina elementos de las jornadas diurna y nocturna, siempre que el periodo nocturno no exceda de 3.5 horas. Su duración máxima es de 7.5 horas diarias.

Por lo tanto, una jornada de 12 horas diarias, de manera continua y permanente, excede los máximos legales establecidos, y debe considerarse como una jornada extraordinaria, con las implicaciones salariales y legales correspondientes.

¿QUÉ PASAS SI TE OBLIGAN A TRABAJAR MÁS DE LO PERMITIDO EN LA LFT?

La LFT sí contempla trabajo extraordinario, pero bajo condiciones específicas:

El Artículo 66 indica que la jornada puede extenderse por circunstancias extraordinarias, sin exceder de tres horas diarias ni de tres veces por semana.

El Artículo 67 señala que estas horas deben pagarse al doble del salario habitual por hora.

Cuando se supera el límite de nueve horas extraordinarias por semana, el patrón está obligado a pagar el 200% adicional, según el Artículo 68.

La ley también prohíbe tajantemente que los menores de edad trabajen en horarios extraordinarios o durante domingos y días de descanso obligatorio.

¿QUÉ SUCEDE CON LOS ESQUEMAS 12X12 O 24X24?

Los esquemas como el 12x12 (12 horas de trabajo por 12 horas de descanso) o 24x24 (24 horas continuas por 24 horas de descanso) no están regulados directamente en la LFT como modalidades válidas de jornada ordinaria. Sin embargo, en algunos sectores, como seguridad privada o personal médico, estos esquemas se han vuelto comunes por la naturaleza del trabajo.

De acuerdo con la Profedet, este tipo de horarios solo podrían ser aceptables si:

- Existen convenios firmados entre el trabajador y el patrón.

- Se respetan los pagos por horas extraordinarias conforme a la ley.

- El esquema garantiza descanso suficiente, tanto diario como semanal.

- No se violan las disposiciones legales sobre el número máximo de horas permitidas.

Si alguna de estas condiciones no se cumple, el trabajador podría estar expuesto a una violación de sus derechos laborales.

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La ley también establece ciertos derechos adicionales durante la jornada laboral:

El Artículo 63 establece que en toda jornada continua se debe conceder al menos 30 minutos de descanso.

Según el Artículo 64, si el trabajador no puede salir del lugar de trabajo durante ese descanso, el tiempo cuenta como parte de la jornada.

Si un patrón impone una jornada mayor sin respetar lo establecido por la ley, por ejemplo, no pagar horas extras, negar descansos o no permitir que el trabajador abandone el lugar de trabajo durante más de lo permitido, el trabajador puede acudir a la Profedet para recibir asesoría y presentar una queja formal.

La Profedet ofrece asesoría gratuita y confidencial a través de sus teléfonos nacionales 800 911 7877 y 800 717 2942, o en sus oficinas en todo el país.

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Licenciada en Letras Españolas por la Universidad Autónoma de Coahuila, con diplomado en Literatura Contemporanea del siglo XX otorgada por el INBA y ponente en el II Congreso Internacional de Humanidades: Horizontes y Desafíos en la Investigación Interdisciplinaria, Además de contar con certificado en Lengua de Señas Mexicanas nivel avanzado.

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