¿Tendrás que pagar una multa millonaria por tener cámaras de seguridad en casa? Lo explicamos

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/ 22 enero 2025

Hoy en día, tener una cámara es tan sencillo como pedirla por internet y colocarla en un lugar con visibilidad

En los últimos días comenzó a circular por redes sociales la información sobre una ‘nueva multa’ por tener cámaras de seguridad en los hogares; cabe destacar que en los últimos años ha incrementado el número de hogares y negocios que optan por proteger sus propiedades.

Hoy en día, tener una cámara es tan sencillo como pedirla por internet y colocarla en un lugar con visibilidad; por lo que a medida que las personas buscan proteger sus casas y negocios, es importante las normativas que regulen su uso, con el fin de no invadir los derechos de las personas.

La realidad es que la multa existe desde 2010 como parte de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP), así que no es tan nueva; pero, ¿es ilegal tenerlas, ya que vulnero la privacidad de las personas que capturo en imagen?

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¿QUÉ DICE LA LEY SOBRE LAS CÁMARAS DE VIGILANCIA?

De acuerdo con la LFPDPPP, el objetivo de las cámaras de seguridad deberá ser proteger los bienes e instalaciones, además de prevenir y detectar delitos; sin embargo, nunca se debe captar imágenes de las personas sin su consentimiento.

En caso de vulnerar la privacidad y los datos personas, el responsable será acreedor de una multa desde 100 hasta 320 mil días de salario mínimo; por lo que en 2025, esto representa desde 27 mil 800 pesos hasta 88 millones de pesos.

Es decir, las leyes establece que instalar cámara dentro de una propiedad es legal, siempre y cuando no se infrinjan los derechos de las personas captadas en video.

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) realizó un estudio sobre la calidad de este tipo de cámaras, en el que advierten que puede utilizarlas siempre y cuando cumplas con la ley, debido a que grabar a las personas que caminan por las calles también puede ser una forma de vulnerar los datos.

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¿POR QUÉ SE VULNERAN DERECHOS?

Una de las restricciones más importantes es que las cámaras no deben captar imágenes de personas sin su consentimiento, sobre todo en espacios públicos, ya que sus cuerpos y rostros cuentan como datos personales; que no se puede utilizar sin autorización.

Contrario a las fuerzas policiales, quienes pueden ser grabados mientras realizan sus funciones.

Sobre todo porque está regulada por el artículo 63 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales, el cual prohíbe recoger o usar datos personales sin autorización; al obstruir las verificaciones oficiales, obtener datos de forma engañosa y continuar usándolos de manera ilegal tras una solicitud de cese.

Por lo que, al momento de colocar una cámara sin avisar o sin colocar un letrero que advierta de su ubicación, podría interpretarse como que se “está recaudando datos de forma engañosa”, ya que las personas no tienen idea de si su imagen está siendo guardada en las grabaciones.

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El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, a través de la comisionada Julieta Del Río Venegas, señaló que sólo la Ley Federal de Protección de Datos Personales corresponde únicamente al INAI, por el tratamiento de datos personales en posesión de particulares; estableciendo que en ningún artículo se estipula una multa por la colocación de cámaras de seguridad.

“Dicha ley no establece ninguna multa por actos o hechos específicos, sino que únicamente señala el procedimiento de verificación y sanción, derivado de vulneración a los principios y deberes que establece la ley (Lealtad, seguridad, confidencialidad, información, etc.)”, mencionó la comisionada en su cuenta de X.

Mientras que si una persona denuncia el indebido tratamiento de su imagen, derivado de una grabación de las cámaras de vigilancia, INAI tendría que verificarlos “y si concluye que vulneramos principios y deberes, posteriormente podríamos ser sancionados”.

“Las cámaras de seguridad en viviendas no tendrían ningún problema porque son para usos exclusivamente personales y de seguridad, cumpliendo con una de las excepciones para considerarse responsable”, agregó.

¿CÓMO PUEDO INSTALAR UNA CÁMARA SIN QUE VIOLE LA LEY?

Para evitar multas y sanciones, la Profeco ha emitido una serie de recomendaciones con la que la ciudadanía puede protegerse sin dejar de tener el sistema de seguridad en sus domicilios.

- Coloca avisos visibles, es imprescindible instalar letreros que indiquen claramente que la zona está bajo videovigilancia; ya que cumplen con el principio de información previsto en la ley;

- Orientación adecuada de las cámaras, deben estar instaladas de manera que capten imágenes exclusivamente dentro de los límites de la propiedad; por lo que aptar espacios públicos o propiedades vecinas podría ser motivo de sanciones;

- Revisar la normativa vigente: desde finales de 2024, Profeco confirmó la necesidad de cumplir con las disposiciones y recomendó a los propietarios de cámaras de seguridad revisar periódicamente las regulaciones aplicables a los dispositivos.

Cabe destacar que el punto más importante es que las cámaras no sean secretas y que las personas involucradas, principalmente las que saldrán constantemente en las grabaciones, sepan que las acciones están siendo grabadas.

Así como convocar a una reunión con vecinos para informarles de las nuevas cámaras, no sólo ayudarán a que estén al tanto de que están siendo monitoreados, también permite tomar las precauciones necesarias para proteger la privacidad.

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¿EN QUÉ SITUACIONES ESTÁ PERMITIDO POR LA LEY?

Según el Artículo 10 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales se establecen situaciones específicas en las que el uso de las imágenes captadas por cámaras de seguridad no requiere consentimiento:

- Previsto por ley, es decir, cuando el uso de los datos personales de las personas esté contemplado en una normativa vigente;

- Fuentes de acceso público, sólo en caso de que las imágenes provengan de espacios considerados así;

- Disociación de datos, cuando se apliquen técnicas para evitar la identificación directa de las personas;

- Relaciones jurídicas, en el caso de que las imágenes son necesarias para cumplir con obligaciones legales entre las partes involucradas;

- Emergencias, es decir, en casos que impliquen un peligro inminente para una persona o sus bienes;

- Atención médica para garantizar la prestación de servicios sanitarios en situaciones de emergencia;

- Resoluciones de autoridad competentes que permitan el uso de los datos mediante una resolución legal.

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¿DÓNDE NO SE PUEDEN INSTALAR CÁMARAS?

Aunque sea legal instalar cámaras en viviendas y negocios con algunas condiciones, hay lugares donde su instalación está prohibida, como:

- En áreas privadas de negocios, como baños o vestidores;

- La utilización de cámaras en escuelas e instituciones educativas está sujeto a normativas;

- En áreas sensibles de hospitales, como salas de espera o habitaciones de pacientes, estas últimas requieren autorización previa;

- El uso de cámaras en lugares de culto -iglesias- está restringido, a menos que cuenten con la autorización de autoridades.

Tanto en escuelas, hospital e iglesias es necesario obtener una autorización para instalar cámaras de seguridad; de lo contrario, se estarían violando derechos fundamentales de privacidad y protección de datos personales.

El empleo de las cámaras de seguridad en casas implica una gran responsabilidad, debido a que son esenciales para garantizar la seguridad, por lo que relevante que los propietarios respeten las normativas vigentes para evitar sanciones millonarias.

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