Diputados aprueban cambios a la Ley sobre el Uso de la Fuerza

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/ 22 febrero 2023

La votación se llevó a cabo con 479 votos a favor, el poder Legislativo aprobó la invalidez de una porción de la norma

Debido a un mandado de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, con el objetivo de incluir los principios de racionalidad y oportunidad en el uso de la fuerza y eliminar el concepto “fuerza epiletal”.

La votación se llevó a cabo con 479 votos a favor, el poder Legislativo aprobó la invalidez de una porción de la norma, como resultado de una acción inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Cabe recordar que la SCJN ordenó, con la sentencia de la acción de inconstitucionalidad 64/2019, al Congreso de la Unión realizar modificaciones a la ley para establecer explícitamente la finalidad del uso de la fuerza, incluyendo los principios de racionalidad y oportunidad, así como eliminar un término.

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El documento remitido al Senado de la República para sus efectos constitucionales precisando que la finalidad del uso de fuerza es salvaguardar la vida, libertades, integridad y patrimonio, además de contribuir a la generación, preservación o restablecimiento del orden público, seguridad y paz pública.

La definición de “racionalidad” será la decisión en la que se valora el objeto que se persigue, circunstancias de la agresión, características personales y capacidades tanto del sujeto a controlar como del integrante de las fuerzas de seguridad, lo que implica que, dada la existencia del acto o intención hostil, es necesario la aplicación del uso de la fuerza.

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Mientras que “oportunidad” indica cuando se requiera hacer uso de la fuerza se debe evitar todo tipo de actuación innecesaria cuando exista evidente peligro o riesgo de la vida de las personas ajenas a los hechos; debe procurarse en el momento y en el lugar en el que se reduzcan al máximo los daños y afectaciones tanto a la vida como a la integridad de las personas involucradas y sus bienes y en general, la afectación de los derechos de las personas.

“Las instituciones de seguridad revisarán y, en su caso, actualizarán los protocolos de actuación, los manuales de técnicas para el uso de la fuerza, la descripción de las conductas a realizar por parte de los agentes y los cursos de capacitación para el efecto de incorporar la finalidad del uso de la fuerza y los principios de oportunidad y racionalidad, en sus contenidos”, establece el régimen transitorio.

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