Diputados penalizan con hasta 5 años de cárcel a quien ejerza la violencia vicaria
Es aquella que se ejerce en contra de las mujeres a través de sus hijos
El pleno de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad -con 452 votos- una reforma que castiga con más de cinco años de cárcel la violencia vicaria, es decir, aquella que se ejerce en contra de las mujeres a través de sus hijos.
La reforma que modifica la Ley General de Acceso a una Vida Libre de Violencia, el Código Civil y el Código Penal Federal define la violencia vicaria, establece las sanciones con las que se castigará este ilícito e introduce una lista de conductas a través de las cuales puede manifestarse.
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De acuerdo con el decreto que fue enviado al Ejecutivo federal para su publicación, la violencia vicaria es cualquier acto u omisión que, con el objetivo de causar perjuicio o daño a las mujeres, se dirige en contra de sus hijos o hijas, familias o personas allegadas, ya sea que se tenga o se haya tenido una relación de matrimonio o concubinato con la persona agresora.
Entre las conductas a través de las cuales se manifiesta dicho delito se encuentran amenazar con causar daño a hijos e hijas, amenazar con ocultarlos, retenerlos o sustraerlos, utilizarlos para obtener información respecto de la madre y promover, incitar o fomentar actos de violencia física de hijos e hijas en contra de la madre.
Asimismo, promover, incitar o fomentar actos de violencia psicológica que descalifiquen la figura materna, ocultar, retener o sustraer a hijos o hijas con familiares o personas allegadas, interponer acciones legales con base en hechos falsos o inexistentes en contra de mujeres para obtener la guarda o custodia y condicionar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias a las mujeres y a sus hijos.
La reforma establece sanciones penales que van de ocho meses a 5.3 años en contra de quienes ejerzan este tipo de violencia y señala que será causal de divorcio, de pérdida de la patria potestad y de suspensión del régimen de visitas y convivencia.
La morenista Julieta Kristal Vences, presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, indicó que las modificaciones también mandatan a los Congresos locales a establecer en sus marcos jurídicos que cuando un agresor sea sentenciado, perderá la patria potestad, la cual no podrá recuperar de ninguna manera.