El caso de prisión preventiva de mayor duración en la historia de México es llevado a la Corte Interamericana de DH

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/ 27 agosto 2022

La audiencia se celebró para escuchar los testimonios de las víctimas, se presentaron a los peritos designados por las partes y sus respectivos alegatos

Se realizó en la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) la audiencia del caso mexicano que involucra la prisión preventiva de mayor duración sin condena en el continente y la historia de México.

El caso García Rodríguez y Reyes Alpízar contra México llegó a la Corte Interamericana en mayo del año pasado. La audiencia se celebró para escuchar los testimonios de las víctimas, se presentaron a los peritos designados por las partes y sus respectivos alegatos.

En 2001, Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortiz fueron acusados del homicidio de María de los Ángeles Tamés, séptima regidora de Atizapán, Estado de México.

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García Rodríguez y Alpízar fueron ingresados a prisión en febrero y octubre de 2002, respectivamente. Desde entonces, ambos permanecieron privados de su libertad sin que se les probara su participación en el delito.

Reyes Alpízar, en su testimonio escrito enviado a la Corte IDH, relata que fue víctima de tortura física y psicológica para que se declarara culpable e inculpara a García Rodríguez, exsecretario particular del entonces presidente municipal de Atizapán, Antonio Domínguez.

En 2017, el caso fue investigado por un grupo de trabajo de Naciones Unidas, el cual determinó que las detenciones fueron arbitrarias al no existir previamente una orden judicial. Tras 17 años en prisión preventiva, ambos fueron puestos en libertad condicional en agosto de 2019.

La sentencia condenatoria llegó en mayo de este año, en la que se les dictó 35 años de cárcel por su supuesta participación en el homicidio de Tamés.

La defensa legal de García Rodríguez y Alpízar solicita que la Corte Interamericana declare al Estado mexicano como responsable en la violación de sus derechos humanos, así como la reparación del daño.

Para la defensa, los derechos violentados son la libertad personal, la dignidad, honra y presunción de inocencia de García Rodríguez y Alpízar Ortiz.

Se designó como perito al exministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), José Ramón Cossio. En su intervención dijo que la única restricción a los derechos humanos dentro de la constitución mexicana es la que contempla el artículo 29 y, en jurisprudencia, la SCJN ha reconocido otras dos figuras restrictivas de los derechos humanos: el arraigo y la prisión preventiva oficiosa.

México, representado por Alejandro Celorio, consultor jurídico de la Cancillería, argumentó que el caso debería considerarse cosa juzgada, toda vez que en 2017 conoció el caso un grupo de trabajo de la ONU y, en consecuencia, las autoridades mexicanas cambiaron la medida de prisión preventiva por libertad restrictiva en 2019.

Los funcionarios del Estado de México, Maricela Xicoténcatl, fiscal central jurídica de la Fiscalía estatal, y José Sierra Palacios, coordinador general jurídico y consultivo del Tribunal Superior de Justicia de dicho estado, negaron que se haya torturado a las víctimas y puntualizaron que la prisión preventiva oficiosa estaba legalmente establecida en la legislación.

Egresado de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) de la carrera de Periodismo y Comunicación, con una especialidad en Fotografía y Producción Audiovisual, y en Geopolítica.

Ha trabjado para diversos medios y ONGS en Europa y México por más de 15 años. Su enfoque y especialidad son las noticias de Política Internacional y Nacional y conflictos, buscando la veracidad, objetividad y la investigación periodística.

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