FGR no impugnó amparo que liberó a militares implicados en Ayotzinapa, revela el CJF

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/ 24 enero 2024

De acuerdo con el Consejo de la Judicatura Federal, la FGR fue omisa al no impugnar un fallo judicial a favor de los elementos castrenses, por lo que salieron libres

El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) reveló que la Fiscalía General de la República (FGR) no impugnó el amparo concedido por un juez federal a los ocho militares implicados en el Caso Ayotzinapa, lo que derivó en su liberación el pasado 20 de enero.

El organismo, que agrupa a jueces y magistrados, acusó a la FGR de ser omisa al no impugnar un fallo judicial a favor de los elementos castrenses, determinación que finalmente derivó en la resolución para que los ocho militares procesados por el delito de desaparición forzada enfrenten su proceso en libertad.

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De acuerdo con la línea del tiempo presentada por la Judicatura, los ocho militares procesados por el caso Ayotzinapa enfrentan un proceso penal por el delito de desaparición forzada ante el Juzgado Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de México, a cargo de la jueza Raquel Ivette Duarte Cedillo.

El 22 de junio de 2023, la jueza en materia penal les impuso la prisión preventiva oficiosa y les negó la libertad mientras continuaba el proceso en su contra.

La defensa de los ocho imputados castrenses promovió un juicio de amparo indirecto contra ese fallo, mismo que le tocó resolver al Juzgado Decimoquinto de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México.

En su sentencia, el juez de amparo resolvió conceder la protección de la justicia para el efecto de que se revisaría la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa en una nueva audiencia del juzgado de procesos penales, pero prescindiendo de las consideraciones establecidas en el artículo 19 de la Constitución por ser contrario a lo que estableció la Corte Interamericana de Derechos Humanos en esta materia.

La determinación del juzgado de amparo que obligaba a celebrar una nueva audiencia fue impugnada por los militares y no por la FGR, por lo que el caso fue turnado a un tribunal federal colegiado.

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Únicamente los militares interpusieron recurso de revisión, no así la fiscalía, del cual conoció el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito.

Por lo anterior, la nueva audiencia no se llevó a cabo y le tocó conocer de la impugnación al Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal de la Ciudad de México, mismo que meses más tarde resolvió el citado recurso de revisión.

Los magistrados Horacio Armando Hernández Orozco, Juan José Olvera López y Francisco Sarabia Ascencio decidieron modificar la resolución para el efecto de que no se realizará una nueva audiencia.

Con esta determinación, tanto la FGR como la asesoría de las víctimas se quedaron sin oportunidad de exponer porque era necesario cambiar la prisión preventiva oficiosa por la prisión preventiva justificada para proteger los derechos de las víctimas indirectas.

Posteriormente, obligada por el amparo que dictó el tribunal colegiado a favor de los militares, el pasado 20 de enero, la jueza Raquel Ivette Duarte Cedillo resolvió que no era procedente imponer a los inculpados la prisión preventiva oficiosa.

De esta forma, en lugar de la prisión preventiva, la juzgadora impuso cinco medidas cautelares para que los militares enfrenten su proceso en libertad, entre ellas el pago de una garantía o fianza de 50 mil pesos por cada uno de los elementos castrenses.

Además, deberán firmar ante el juzgado cada 15 días, no podrán viajar al estado de Guerrero, donde ocurrió la desaparición de los 43 estudiantes normalistas, tiene prohibido acercarse a las familias de las víctimas y también se les prohibió salir del país, por lo que deberán entregar pasaportes y visas.

Con información de Aristegui Noticias

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