Fideicomisos del Poder Judicial, ¿cuáles son y de qué tratan?

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/ 19 octubre 2023

El Poder Judicial, la Suprema Corte y el Consejo de la Judicatura Federal, ante la polémica que ha generado y las opiniones encontradas, emitieron una nota detallando cuáles son y cuál es el objeto de cada uno

Tras la aprobación en San Lázaro de la extinción de 13 de los 14 fideicomisos del Poder Judicial, la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) reiteraron que afectará principalmente a los trabajadores.

Asimismo, ante la polémica que ha generado y las opiniones encontradas, emitieron una nota informativa detallando cuáles son y cuál es el objeto de cada uno.

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1. Pensiones Complementarias Mandos Superiores: “pago de pensiones”

2. Pensiones Complementarias Mandos Medios y Personal Operativo: “pago de pensiones”

3. Plan de Prestaciones Médicas Complementarias y de Apoyo Médico Extraordinario: “auxiliar a servidores públicos operativos -que son los de menores ingresos- en caso de extrema urgencia médica cuando las condiciones no les permiten atender el padecimiento de forma adecuada”.

4. Manejo del Producto de la Venta de Publicaciones, CDs y Otros Proyectos: “Venta de discos compactos, Jurisprudencia, Tesis Aislada, Semanario Judicial de la Federación, su gaceta y otras publicaciones. Para la divulgación a nivel nacional de las resoluciones que emitan los Tribunales de la Federación, para el financiamiento de nuevas publicaciones, así como financiar cualquier otro proyecto de interés para la SCJN”.

5. Remanentes Presupuestales: “diseñar, elaborar y realizar los proyectos, estudios o programas de alcance nacional o regional que prevean actividades estratégicas para el fortalecimiento y modernización de los órganos de impartición de justicia”

6. Fondo Nacional para el Fortalecimiento y Modernización de la Impartición de Justicia (Fondo Jurica)

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7. Pensiones complementarias de Magistrados y Jueces Jubilados: “pago de pensiones”

8. Mantenimiento de casas habitación de Magistrados y Jueces: “Consiste en la asignación de una vivienda propiedad del PJF (transferidas por Banobras), cuando los Magistrados y Jueces son adscritos a un órgano jurisdiccional que implique su cambio de residencia”.

“Se financia con fondos de carácter privado, producto de las aportaciones a través de descuentos por vía nómina que se efectúan a los Magistrados y Jueces que tienen asignada una casa”, detalla.

9. Apoyos médicos complementarios y de apoyo económico extraordinario para los servidores públicos del PJF, con excepción de los de la SCJN: “Auxiliar a servidores públicos operativos -que son los de menores ingresos- en caso de extrema urgencia médica cuando las condiciones no les permiten atender el padecimiento de forma adecuada”

10. Desarrollo de infraestructura que implementa las Reformas Constitucionales en Materia de Justicia Federal: “Desarrollar Centros de Justicia Penal Federal (Juzgados de Control, de Juicio Oral, de Ejecución de Penas, y tribunales de segunda instancia, e incluso, la justicia penal para adolescentes)”.

11. Fondo de apoyo a la administración de justicia: “Adquisición, construcción y remodelación de órganos jurisdiccionales y su equipamiento; así como capacitación, mejoramiento y especialización de las personas públicas del PJF”.

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12. Fondo para la administración de los recursos provenientes de sentencias que deriven de las acciones colectivas difusas: “apoyo en la defensa y protección en los intereses colectivos”.

13. Fideicomiso de apoyos médicos complementarios y de apoyo económico extraordinario para los servidores públicos del PJF, con excepción de los de la SCJN: “Auxiliar a servidores públicos operativos -que son los de menores ingresos- en caso de extrema urgencia médica cuando las condiciones no les permiten atender el padecimiento de forma adecuada”.

14. Fondo Mixto de Cooperación Técnica y Científica México-España: “Forma parte del Programa sobre Cooperación Electoral entre el TEPJF y la Agencia Española de Cooperación Internacional. Tiene como fin financiar programas y proyectos bilaterales de cooperación acordados en la Subcomisión Mixta de Cooperación Técnica y Científica México-España”.

NIEGAN PRIVILEGIOS, ADVIERTEN AFECTACIONES A TRABAJADORES

Con esto, la SCJN y el CJF argumentaron que la extinción de ellos repercute “en el cumplimiento de diversas obligaciones patronales respecto a derechos laborales”.

Además, negaron que alguno de los recursos se destine a ministros, contrario a lo que afirma el presidente Andrés Manuel López Obrador y diputados morenistas como Ignacio Mier Velazco, quien impulsó la reforma.

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“Los fideicomisos no están destinados para beneficio de 11 ministros en funciones y 22 en retiro”, señalaron las instituciones en el comunicado.

“Cada fondo y fideicomiso tiene objetivos específicos que no permiten su uso para fines distintos a los establecidos para su creación”, reiteraron.

En cambio, señalaron que 6 de ellos guardan recursos para pagar las prestaciones obligatorias por ley de sus trabajadores, incluidas pensión, vivienda, cobertura de salud y retiro.

Asimismo, aseguró que el personal operativo del PJF, que representa más del 60% de la plantilla, es el principal beneficiario.

Finalmente, negó que sean “guardaditos”, como los ha calificado el presidente López Obrador, quien ha argumentado que los fideicomisos defienden privilegios.

APRUEBAN REFORMA PARA EXTINGUIR FIDEICOMISOS

Entre la tarde del martes y la mañana de este miércoles, la Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, la reforma que busca desaparecer 13 fideicomisos del Poder Judicial y pasar más de 15 mil millones de pesos a la Tesorería Nacional.

Sigue pendiente todo el proceso legislativo en el Senado de la República para su aprobación final.

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La reforma contempla que si los fideicomisos se comprometieron para el pago de pensiones y prestaciones médicas, los recursos se utilicen para cuidar estos derechos.

El presidente ha asegurado que no afecta a los trabajadores, sino que busca quitar privilegios.

Asimismo, afirmó este miércoles que en caso de que se impugne la reforma y se declare inconstitucional, sería desconocer al Poder Legislativo.

“Sería una ruptura al orden constitucional del mismo Poder Judicial. Desconocen por completo al Poder Legislativo, lo nulifican”, aseveró.

Con información de Aristegui

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