Adiós al NAICM... SCJN declara al Lago de Texcoco como Área Natural Protegida
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La Suprema Corte valida el decreto que protege al Lago de Texcoco como área natural, priorizando el medio ambiente sobre intereses agrarios, sin cancelar actividades productivas sustentables.
La historia del Nuevo Aeropuerto Internacional de México (NAICM) suma un nuevo capítulo, ahora desde el ámbito judicial. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la validez del decreto que declara al Lago de Texcoco como Área Natural Protegida, consolidando el giro ambiental en una de las zonas más debatidas del país en los últimos años.
La decisión, tomada el 16 de abril, no solo representa un respaldo legal al decreto, sino también un mensaje claro sobre la prioridad del Estado en materia ecológica. Con esto, se mantiene el blindaje ambiental en municipios clave del Estado de México, donde por décadas se discutió el uso del suelo entre desarrollo urbano y conservación.
El fallo responde a una demanda impulsada por ejidatarios de Atenco, quienes señalaban posibles afectaciones a la propiedad agraria. Sin embargo, la Corte resolvió que el interés ambiental tiene un sustento constitucional que puede prevalecer en este tipo de casos.
LA CORTE RESPALDA LA PRIORIDAD AMBIENTAL
De acuerdo con el comunicado oficial, la SCJN dejó claro que la protección del medio ambiente es un objetivo legítimo y respaldado por la Constitución. En particular, retomó lo establecido en el artículo 27, donde se reconoce la función social de la propiedad.
“la protección del medio ambiente prevalece como un fin constitucionalmente válido frente al ejercicio pleno de la propiedad social”, señala el documento, marcando una línea interpretativa relevante para futuros casos similares.
Este posicionamiento no implica la desaparición de derechos agrarios, sino su coexistencia con criterios de sustentabilidad. En otras palabras, la propiedad social se mantiene, pero bajo un enfoque que prioriza el equilibrio ecológico.
CONSULTA EJIDAL Y PARTICIPACION LOCAL
Uno de los puntos clave en la resolución fue la validación del proceso de consulta. El tribunal subrayó que las autoridades sí informaron directamente a los ejidatarios antes de emitir el decreto, lo que fortalece la legalidad del procedimiento.
Además, se detalló que se llevaron a cabo reuniones informativas donde se explicó el alcance del proyecto ambiental. Las notificaciones fueron personales a los núcleos agrarios, y se dejó claro que las actividades agrícolas podrían continuar bajo esquemas sustentables.
La SCJN también enfatizó que este tipo de procesos deben garantizar la participación activa de las comunidades, un elemento que en este caso fue considerado suficiente para no invalidar el decreto.
ALCANCE TERRITORIAL Y ACTIVIDADES PERMITIDAS
La protección del Lago de Texcoco abarca municipios como Texcoco, Atenco, Chimalhuacán, Ecatepec de Morelos y Nezahualcóyotl. Se trata de una región estratégica tanto por su historia como por su relevancia ambiental en la cuenca del Valle de México.
Según la resolución, el esquema legal permite que los comuneros mantengan sus actividades productivas, siempre que estas sean compatibles con el objetivo central de conservación. Esto incluye prácticas agrícolas adaptadas a criterios ecológicos.
El Pleno de la SCJN sostuvo que el decreto no vulnera derechos, ya que respeta los principios de consulta y participación establecidos en la política agraria. Con ello, se cierra un capítulo legal importante en torno al futuro del Lago de Texcoco y su papel dentro del desarrollo sostenible del país.
DATOS CURIOSOS
• El Lago de Texcoco fue parte del sistema lacustre donde se fundó Tenochtitlán
• El proyecto del NAICM fue cancelado en 2019 tras una consulta pública
• La zona es clave para la regulación hídrica del Valle de México
• Alberga especies migratorias y ecosistemas únicos en la región