Da Corte la razón a AMLO en caso contra magistrado
Ministros revocaron suspensión obtenida por el magistrado Avelino Carmelo Toscano para seguir en el cargo pese a no ser ratificado por el expresidente Andrés Manuel López Obrador
La Suprema Corte de Justicia reconoció la facultad que tenía el ex Presidente Andrés Manuel López Obrador para no ratificar al magistrado Avelino Carmelo Toscano por lo que le revocó la suspensión definitiva que le permitía continuar en el cargo de presidente de la sexta sala regional de la Ciudad de México.
Por seis votos contra uno, de la Ministra Yasmín Esquivel quien defendió el derecho de magistrado y la necesidad de contar con jueces capacitados, la mayoría apoyó el proyecto del Ministro Irving Espinosa Betanzos para avalar la facultad discrecional del titular del Ejecutivo para ratificar los nombramientos.
“No entiendo porque nunca se tomaron en cuenta sus méritos de más de 27 años en la función (...). Hasta la fecha, seis años después de la propuesta, prevalece una situación de incertidumbre, pues no se ha resuelto de manera fundada y motivada por qué su trayectoria no fue lo suficientemente satisfactoria para obtener otra designación”, dijo Esquivel.
Toscano fue nombrado por primera vez en 1997 y nuevamente designado por el titular del Ejecutivo federal en los años 2003 y 2009. En este último año, fue nombrado Magistrado de Sala Regional del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (actualmente Tribunal Federal de Justicia Administrativa) por 10 años, que concluyeron el 14 de enero de 2019.
En ese año, el Presidente del Tribunal informó a López Obrador de la terminación del cargo y lo propuso, conforme a la ley, para un nuevo periodo. Sin embargo, tras varios años y procedimientos legales por la omisión de respuesta del Presidente, que entones impulsaba su reforma judicial, se le informó entre julio y septiembre de 2024 su decisión de no designarlo.
“Las personas juzgadoras no nacen, sino se hacen con años de servicio en el cargo. Esperar a que concluyan las curvas de aprendizaje de las nuevas personas juzgadoras no es siempre lo más deseable”, dijo Esquivel.
En octubre de 2024, el magistrado interpuso una demanda de amparo, alegando, entre otras cosas, la omisión de valorar su desempeño y la designación de nuevas personas en su cargo, y en enero de 2025, un Juzgado de Distrito concedió la suspensión definitiva que le permitía continuar desempeñándose.
El Ejecutivo impugnó y la SCJN atrajo el caso en la revisión de incidente de suspensión 5/2025 que hoy fue votado.
Este jueves sólo participaron siete Ministros, por la ausencia de Loretta Ortiz, en tanto que Estela Ríos, ex consejera jurídica de López Obrador, se excusó de intervenir en el caso pues fue quien firmó el aviso de que el magistrado no sería ratificado.
El Ministro Presidente, Hugo Aguilar, votó a favor de revocar la suspensión y que los jueces resuelvan el fondo del juicio de amparo, que es la validez constitucional del comunicado por el cual López Obrador decidió no designar al quejoso para un nuevo periodo en el cargo.
“La Constitución y la ley orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa no establecen que la Presidencia de la República tenga la obligación de someter a un nuevo procedimiento de nombramiento a las personas magistradas que concluyeron sus períodos ni la de responder las las propuestas que dicho tribunal le remita para que se amplíen sus mandatos”, afirmó Batres y agregó que hay otros 55 casos amparos de magistrados que no fueron ratificados entre 2018 y 2025.
“Cuando uno asume un cargo y se le da a uno un nombramiento, o cuando la ley establece un periodo, pues uno tiene, digámoslo así, el derecho, la atribución o la facultad en ese periodo de tiempo, desde el minuto uno hasta el último segundo y minuto en que dura el nombramiento. Pero una vez agotado el nombramiento, pues ya no se puede hablar en estricto sentido de un derecho”, dijo.