El instituto Nacional de Migración contrata chárteres para trasladar migrantes

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Los chárteres son vuelos, alquilados, para un grupo específico de personas; el INM considera su uso para flujo, excesivo, de migrantes
Para evitar hacinamiento en estaciones ante el incremento de flujo de extranjeros, el Instituto Nacional de Migración (INM) alista la contratación por hasta 405 millones de pesos de un servicio de vuelos chárter nacionales e internacionales para su deportación.
En la licitación E-2025-00019284 se advierte que la empresa a la que se adjudique este contrato anual deberá contar con aeronaves con una capacidad mínima para transportar a 90 pasajeros.
‘Los vuelos nacionales e internacionales serán solicitados por el instituto con base en las necesidades de operación de las Oficinas de Representación, a petición de estas, por el incremento en los flujos migratorios, para evitar hacinamiento en las estaciones migratorias y estaciones provisionales, para el traslado de grupos vulnerables, coadyuvar en la atención de rescates masivos y caravanas, así como en los acuerdos que se alcancen con los países para el retorno seguro, digno y ordenado de personas migrantes extranjeras, entre muchas otras que requiera el instituto’, señala el documento.
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Se menciona que el monto económico máximo para este servicio es de 405 millones y un mínimo de 162 millones de pesos. La licitación detalla que el servicio entrará en vigor a partir del próximo 1 de abril hasta el 31 de diciembre de este año.
VUELOS SEMANALES
En la página 30 del contrato se indica que el licitante deberá contar con las suficientes aeronaves para garantizar la ejecución mínima de 11 vuelos semanales, tomando en consideración que estos podrán ser simultáneos, es decir, salir y regresar el mismo día a diferentes puntos de la República Mexicana, incluso internacionales.
El proveedor se obliga a realizar las gestiones necesarias ante la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) para obtener los permisos de sobrevuelo tratándose de servicios internacionales durante la vigencia del contrato.
Además, estará obligada a realizar las gestiones necesarias ante la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC) para obtener las autorizaciones correspondientes para la realización de cada vuelo en territorio nacional.
En la página 12 se indica que el administrador del contrato o los supervisores del servicio estarán en la posibilidad de solicitar al proveedor la transportación aérea del o los cuerpos de las personas extranjeras migrantes o mexicanos fallecidos en territorio nacional con el objeto de dar cumplimiento a los ordenamientos jurídicos y administrativos en materia de repatriación, así como las determinaciones de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, con la finalidad de proporcionar una repatriación digna.
Ello, una vez recibidas las constancias, documentos o certificados emitidos por las autoridades facultadas para ello.
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Para lo cual, el proveedor, de conformidad con el peso y dimensiones, determinará el espacio físico en la aeronave que permite realizar la transportación segura del o de los cuerpos. Seguro vigente, uno de los requisitos. El contrato también advierte que ‘el proveedor debe acreditar que la totalidad de las aeronaves propuestas para la prestación del servicio cuentan con la póliza de seguro vigente y que se mantendrán vigentes y actualizadas durante toda la vigencia del contrato’.
El proveedor acreditará que la totalidad de las aeronaves propuestas para la prestación del servicio cuenta con la constancia y/o dictamen del que se desprendan que son sometidas a mantenimiento preventivo y correctivo, además de acreditar que se encuentran aptas para prestar el servicio conforme a la Norma Oficial Mexicana NOM-006-SCT3-2012, que establece el contenido del manual general de mantenimiento.
El proveedor debe acreditar que cuenta con talleres aeronáuticos propios o contratados para conservar el estado de las aeronaves debiendo remitir la documentación que así lo acredite y deberá comprobar que el total de estos cuentan con Sistema de Posicionamiento Global (GPS) de conformidad con la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCT3-2011, que regula los procedimientos del Sistema Mundial de Determinación como medio de navegación dentro del espacio aéreo mexicano.
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También deberán acreditar que todos los aviones cuentan con suministros médicos básicos situados en un lugar visible, de acuerdo con lo señalado en las normas oficiales mexicanas correspondientes.
EL DATO
11 vuelos semanales como mínimo deberá realizar la empresa contratada, por lo que tiene que contar con aviones suficientes.