IMSS: ¿Sufriste un accidente vial en tu trayecto al trabajo? Estos son tus derechos, según la Ley

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Conoce lo que debes hacer si sufriste un percance vial en tu trayecto casa-trabajo o viceversa, para que hagas valer tus derechos como trabajador
Es fundamental que las y los trabajadores conozcan sus derechos para cualquier caso de emergencia, como el hecho de sufrir un accidente en su trayecto casa-trabajo o trabajo-casa aunque sea fuera del horario laboral o área de trabajo.
Este tipo de incidentes son calificados como ‘accidentes in itinere’ y entran dentro de los percances laborales, según el artículo 156 de la Ley General de la Seguridad Social.
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Sin embargo, hay un marco legal en el que debe entrar el percance vial para que pueda ser tomado como accidente labora.
¿ES UN ACCIDENTE LABORAL SI CHOCAS EN TU TRAYECTO CASA-TRABAJO O TRABAJO-CASA?
Hay una serie de requisitos que se deben cumplir para que tu percance vial sea considerado ‘accidente in itinere’:
1. Ubicación del incidente: el accidente debió suceder en tu trayecto habitual entre el domicilio y el lugar de trabajo o viceversa. En este sentido, también debió ocurrir una vez iniciado el desplazamiento.
2. Intencionalidad: el objetivo de dicho desplazamiento debe ser llegar a tu lugar de trabajo o a tu domicilio.
3. Cronología: el accidente debe producirse dentro del tiempo que se dedica al desplazamiento de forma habitual y en condiciones normales.
4. Medio de transporte: el vehículo debe ser adecuado y habitual.
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¿CUÁNDO NO ES ‘ACCIDENTE IN ITINERE’?
La Ley General de Seguridad Social indica que los accidentes no calificados dentro del aspecto laboral, son aquellos “de fuerza mayor” o “los que sean debidos a dolo o imprudencia temeraria del trabajador accidentado”.
¿SUFRISTE UN ACCIDENTE LABORAL DE ESTE TIPO? ESTOS SON TUS DERECHOS Y PRESTACIONES POR PARTE DEL IMSS
Estos son los derechos.y prestaciones que brinda el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS):
- Incapacidad temporal: el IMSS garantiza que recibas el 100% de tu salario mientras dure tu recuperación o incapacidad temporal.
- Incapacidad permanente: en el caso de que la o el trabajador resulte incapacitado permanentemente, el IMSS ofrece dos tipos de pensiones. Está la parcial, en la que la cantidad que recibas será determinada por la Ley Federal del Trabajo (LFT); y la total, en la que recibirás el 70% de tu salario.
- Otros beneficios: tendrás derecho a la atención médica, rehabilitación, medicamentos y materiales de curación. También se otorgan aparatos de prótesis y ortopedia, en caso de requerirlos.
En el caso de fallecimiento, los beneficiarios del trabajador pasan a recibir sus derechos. En este sentido, el cónyuge recibirá el 40% de la pensión, mientras que el hijo menor de 16 años de edad o estudiante menor de 25 años, tiene acceso a un 20%.
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¿QUÉ HACER SI TE ACCIDENTASTE?
1. Busca atención médica;
2. Reporta el accidente: informa a tu empleador sobre el incidente lo más pronto posible;
3. Registra el accidente: asegúrate de que el accidente quede registrado ante el IMSS para poder acceder a tus derechos;
4. Solicita asesoría: si tienes dudas sobre tus derechos o el proceso, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) ofrece asesoría gratuita para trabajadores afectados por riesgos laborales.