TEPJF desecha 91 quejas contra Claudia Sheinbaum por caducidad

México
/ 4 octubre 2024

Las quejas, presentadas por partidos como PAN, PRI y PRD, quedaron sin efecto debido a la inactividad procesal que llevó a la caducidad de los casos

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó un total de 91 quejas interpuestas contra Claudia Sheinbaum, ex jefa de Gobierno de la Ciudad de México, relacionadas con la colocación de propaganda y espectaculares en espacios públicos en el contexto de la elección presidencial. Estas quejas fueron presentadas por diversos partidos políticos y grupos ciudadanos, pero el Tribunal resolvió que, debido al largo tiempo transcurrido sin una resolución, dichos casos han quedado caducos.

Las quejas fueron presentadas cuando Sheinbaum aún ocupaba el cargo de jefa de Gobierno. En su mayoría, los denunciantes alegaban que la entonces funcionaria, en conjunto con miembros de Morena y otros funcionarios, había llevado a cabo actos que podían considerarse como precampaña y campaña anticipada, así como promoción personalizada. Además, las acusaciones incluían el uso indebido de recursos públicos, la violación a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad durante la contienda política, y la colocación irregular de propaganda en la vía pública.

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Las denuncias hacían referencia a la pinta de bardas en mobiliario urbano, la instalación de espectaculares, la distribución de lonas, carteles y posters, así como publicaciones en redes sociales y la circulación de periódicos con contenido alusivo a Sheinbaum. Muchos de estos elementos estaban acompañados por los hashtags populares de la época, como #EsClaudia y #ParaQueSigaLaTransformación, entre otros eslóganes vinculados al proyecto político de Sheinbaum y su posible candidatura presidencial.

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CASOS CONTRA CLAUDIA SHEINBAUM HABRÍAN CADUCADO

El punto central de la decisión del Tribunal radica en el tiempo transcurrido desde la presentación de las quejas hasta su análisis. La Sala Especializada determinó que desde que se presentó la primera denuncia, hasta el momento en que se realizó un segundo emplazamiento, habían pasado más de dos años. Este prolongado periodo de inactividad procesal llevó a la conclusión de que los casos habían caducado, conforme a la normativa vigente que establece plazos para la resolución de este tipo de denuncias.

La sentencia emitida por la Sala señala textualmente que “la autoridad instructora tuvo diversos periodos de inactividad procesal, sin que se acredite una causa justificada, razonable y objetivamente para ello”, lo que refuerza la decisión de la caducidad de los procedimientos. En otras palabras, no se encontró una razón válida para justificar el retraso en la tramitación y resolución de las quejas, lo que impidió que se llevara a cabo una evaluación exhaustiva de las denuncias presentadas.

OPINIONES EN LA SALA ESPECIALIZADA

Durante la discusión del caso, el magistrado presidente Luis Espíndola expresó su acuerdo con la determinación de caducidad, pero también señaló algunos puntos de discrepancia respecto a cómo se manejó el análisis del tiempo de inactividad. Espíndola puntualizó que, si bien era correcto declarar la caducidad, había ciertos periodos señalados como inactivos que no estaban debidamente justificados dentro del proyecto de sentencia, sugiriendo que se podría haber hecho un análisis más detallado de esos tiempos.

A pesar de estas observaciones, la decisión de la Sala Especializada se mantuvo, lo que resultó en la desestimación definitiva de los 91 casos relacionados con los supuestos actos anticipados de campaña de Claudia Sheinbaum.

Los partidos políticos que presentaron las denuncias, entre ellos el Partido Acción Nacional (PAN), Partido Revolucionario Institucional (PRI) y Partido de la Revolución Democrática (PRD), expresaron en su momento su preocupación sobre el impacto de la propaganda en favor de Sheinbaum, pero con esta decisión judicial, se cierra la puerta a cualquier recurso en relación con estos hechos.

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