Decretos de reservas dejarán explotar agua donde estaba prohibido: Experto

Nacional
/ 25 junio 2018

A partir del 7 de junio están a disposición del particular que lo requiera, indica el consultor Miguel Ángel Montoya

Con las reservas de agua que decretó el gobierno federal para la conservación ambiental se protege un volumen menor del líquido del que se resguardaba con las vedas eliminadas mediante los decretos del 6 de junio, ya que éstas prohibían otorgar permisos de explotación, y a partir del 7 de junio están a disposición del particular que lo requiera, indica el consultor Miguel Ángel Montoya.

Además, se superó la meta de establecer reservas de agua con las 300 designadas hace unas semanas, ya que planeaban 189 en las 37 regiones hidrologicas, las cuales se preveían en su mayoría relacionadas con areas naturales protegidas, de acuerdo con el Plan Nacional Hídrico.

Para entender la diferencia, indica Montoya, de acuerdo con la ley de aguas nacionales, una zona de reserva es en la cual se fijan limitaciones en la explotación, uso o aprovechamiento de una porción o la totalidad del líquido disponible para establecer un programa de conservación o restauración, o cuando el Estado resuelva explotar dichas aguas por causa de utilidad pública.

En tanto, la zona de veda es un área en la que no se autorizan aprovechamientos de agua adicionales a los establecidos legalmente. Con las reservas del líquido, ahora se permite la explotación de éste donde antes estaba prohibido, en forma limitada, y se trata de una precondición para que la Comisión Nacional del Agua (Conagua) otorgue nuevas concesiones. Nunca antes se habían suprimido tantas vedas en un número tan significativo de cuencas y con enorme cantidad de volumen, refiere.

Así, de acuerdo con Montoya, en 300 cuencas se cancelaron tanto vedas totales como parciales, con un acto jurídico que llevó al establecimiento de una reserva de agua mediante la cual se destinará a conservación menos líquido del que antes era protegido en su totalidad.

Con los 10 decretos se abre a la explotación comercial el agua destinada a uso público urbano, señala en un análisis de éstos. Refiere que es un error pensar que con la llegada de un nuevo gobierno se pueden revocar las medidas, ya que de la fecha de su emisión y hasta el 30 de noviembre la nueva administración federal podría otorgar nuevas concesiones.

En te?rminos ambientales, es un mal acuerdo, ya que a cambio de establecer controles pormenorizados y especi?ficos en 35 por ciento de una cuenca antes protegida al cien por ciento se permitira? la explotacio?n o concesionamiento del resto, agrega.

Indica que los estudios de disponibilidad de agua en que se basaron los decretos de las reservas no están actualizados, pues fueron elaborados entre 2004 y 2011 y además la norma 011 de la Conagua, que calcula la disponibilidad de este recurso, tiende a sobrestimar la recarga y expresa una mayor existencia del líquido.

Apunta que la privatización es una consecuencia de los decretos; esto no es explícito en los documentos. Los particulares podrán acceder a las concesiones que pueden tener vigencia de 30 años, con posibilidad de renovarlas, y son transferibles; así, dijo, un campesino las puede traspasar a una minera.

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