Determina la Sala del TEPJF que AMLO vulneró imparcialidad en proceso electoral en 2023

Nacional
/ 12 julio 2024

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que AMLO coaccionó el voto de la ciudadanía y además usó de manera indebida los programas sociales durante el proceso electoral, precisa El Economista

CIUDAD DE MÉXICO- De acuerdo con El Economista la Sala del TEPJF, Andrés Manuel López Obrador, mandatario mexicano, “durante sus mañaneras del 9 y 11 de mayo de 2023 vulneró los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda; usó indebidamente recursos públicos y programas sociales”.

Así también, prosigue la nota del diaria, que AMLO “coaccionó el voto de la ciudadanía”, además llevó a cabo de manera personalizada promovió y divulgó “propaganda gubernamental en período prohibido”, al hacer referirse en sus conferencias mañaneras al Plan C, así como a la “necesidad” de conseguir la mayoría calificada en las cámaras del Congreso de la Unión con el objetivo de proseguir con la transformación.

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Es existente el uso indebido de programas sociales y coacción al voto por parte del titular del Poder Ejecutivo federal, ya que empleó una línea argumentativa tendente a condicionar la vigencia o beneficios de programas sociales a que una determinada opción política obtenga la mayoría calificada en el Congreso de la Unión”, explicó la la Sala del TEPJF.

Según El Economista estas declaraciones por parte de López Obrador, el Pleno del TEPJF consideró que incidieron en el proceso electoral, debido a que exhortaron a votar a favor de “una opción política y en contra de otra, con lo cual, pretendió influir en las preferencias de la ciudadanía”.

Con esta determinación por parte de Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, se resuelve una queja que fue interpuesta por el PRD en contra Andrés Manuel López Obrador, así como a varias personas del servicio público, así como también en contra de Claudia Sheinbaumun, quien ese entonces se desempeñaba como jefa de Gobierno de la Ciudad de México y los partidos Morena, PT y PVEM, consideró la existencia del uso prohibido de recursos públicos, debido a que AMLO hizo uso tanto de recursos humanos, como financieros y materiales a su disposición “para la organización, celebración y transmisión de las conferencias matutinas y usaron sus redes sociales para difundir las expresiones del Presidente”, precisa El Economista.

$!Con esta determinación por parte de Sala TEPJF, se resuelve una queja que fue interpuesta por el PRD en contra Andrés Manuel López Obrador.

Por otra parte, en lo que se refiere a la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido, achacada al presidente de México y otros, el TEPJF determinó su existente, ya que las declaraciones hechas por AMLO “no encuadran en las excepciones de la propaganda gubernamental que se puede difundir durante la campaña electoral”, apunta El Economista.

Sobre la entonces jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, el TEPJF la responsabilizó de haber transgredido los principios constitucionales, debido a sus declaraciones en relación con los comentarios hechos por López Obrador en una conferencia de prensa.

$!Andrés Manuel López Obrador, presidente de México, y Claudia Sheinbaum Pardo, virtual presidenta electa de México, en Mexicali.

Por esta misma conducta, la Sala del TEPJF también responsabilizó Jesús Ramírez Cuevas, quien es coordinador de Comunicación Social y vocero de la Presidencia de la República, además a Sigfrido Barjau de la Rosa, quien es el titular del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales (Cepropie), también a Jenaro Villamil, entonces presidente del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano (SPR); así como a Jessica Ramírez, directora general de Comunicación Digital y a Pedro Daniel Ramírez Pérez, jefe de departamento adscrito a la citada Coordinación.

Por último, la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación recalcó que el Andrés Manuel López Obrador, que el mandatario no puede ser sancionado por éstas infracciones de índole electoral y que únicamente se declara su responsabilidad

Sin embargo, en el caso de Sheinbaum Pardo, la Sala del TEPJF envío su determinación al Congreso de la Ciudad de México con el propósito de que decida lo que en derecho corresponda.

Con información de EL Economista.

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Con experiencia de 15 años laborando en VANGUARDIA, en el área de redacción.

Licenciado en Psicología por la Universidad Intercontinental, maestría en psicoterapia Gestalt, especialidad en Desarrollo Humano. Se especializa en Terapia Gestalt por el Instituto Humanista de Psicoterapia Gestalt. Además, presta sus servicios como psicoterapeuta al programa Touchinglife para empleados de la empresa MAGNA en Saltillo y Ramos Arizpe desde 2010.

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