IMSS amplía días incapacidad por parto prematuro

Nacional
/ 18 diciembre 2017

Se brindarán invariablemente 84 días de descanso por concepto de incapacidad por maternidad

El Diario Oficial de la Federación, en días anteriores, publicó el criterio emitido por la Dirección Jurídica del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en el que establece la aplicación de 84 días de incapacidad completa para las madres aseguradas que tengan partos prematuros, así como el pago completo del subsidio.

La adecuación de esta normatividad permite garantizar que las mamás trabajadoras, que antes sólo recibían 42 días de incapacidad y el correspondiente pago del subsidio gocen del doble número de días para restablecer su salud y dar el cuidado a su recién nacido y fomentar la lactancia materna.

Con la adecuación, se brindarán invariablemente 84 días de descanso por concepto de incapacidad por maternidad. Se aplica el mismo criterio para el pago completo del subsidio y el goce del descanso a madres aseguradas que tengan un parto adelantado. 

 

A fin de atender las inquietudes de diversos sectores de la sociedad, se realizó la interpretación de la Ley del Seguro Social y sus Reglamentos, a fin de garantizar que las madres trabajadoras puedan gozar de su periodo de descanso íntegro de 84 días y si es el caso, del consecuente pago del subsidio que les corresponda.

En las consideraciones que establece la Dirección Jurídica del IMSS, publicadas en el Diario Oficial de la Federación, se explica que independientemente de si la mujer asegurada solicitó o no ante el Seguro Social la transferencia de semanas de descanso prenatal y postnatal, se le otorgará este beneficio; ya sea por parto prematuro o adelanto de la fecha probable del nacimiento determinada por los servicios médicos institucionales.

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