Por mayoría, aprueban la despenalización del aborto en Puebla

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/ 15 julio 2024

La reforma al Código Penal tiene como objetivo evitar la criminalización de mujeres y personas gestantes, alineándose con las recomendaciones de la SCJN

El Congreso del Estado de Puebla ha aprobado, con 29 votos a favor, 7 en contra y 4 abstenciones, las modificaciones al Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla, despenalizando así el aborto hasta las 12 semanas de gestación.

Con esta reforma, Puebla se convierte en la entidad número 14 en México en permitir la interrupción legal del embarazo hasta las 12 semanas. Esta medida tiene como objetivo evitar la criminalización de mujeres y personas gestantes que decidan interrumpir su embarazo, marcando un avance significativo en la protección de los derechos sexuales y reproductivos.

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PREVIO A APROBACIÓN DE REFORMA, GRUPOS CON DIFERENTES IDEOLOGÍAS SE ENFRENTAN

La aprobación de esta reforma se llevó a cabo en una sesión marcada por la tensión, con manifestaciones tanto a favor como en contra de la despenalización del aborto. Grupos feministas y defensores de los derechos humanos han presionado durante años para que esta legislación se alinee con las recomendaciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que ha reconocido el derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir sobre su cuerpo.

Previo a la votación, la sede del Congreso del Estado de Puebla estuvo rodeada de manifestantes. En el acceso principal, se presentaron escaramuzas y enfrentamientos entre organizaciones feministas y grupos de derecha, incluidos integrantes del Frente Nacional de la Familia. La situación requirió la intervención de la fuerza pública para mantener el orden.

Grupos feministas asistieron al Congreso para exigir la despenalización del aborto, argumentando que es un derecho fundamental que debe ser garantizado. Por otro lado, la Iglesia Católica, universidades privadas y grupos vinculados a la derecha manifestaron su total rechazo, señalando preocupaciones éticas y morales.

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DETALLES SOBRE LA REFORMA

La reforma al Código Penal de Puebla establece que la interrupción del embarazo será permitida hasta las 12 semanas de gestación. Después de este periodo, el aborto no será sancionable en ciertos casos específicos:

- Por imprudencia de la mujer o persona gestante.

- Cuando el embarazo sea resultado de una violación o inseminación artificial no consentida.

- Si no provocarlo pone en peligro la vida de la mujer o persona gestante, según el juicio de un médico y con el dictamen de otro médico.

- Cuando se diagnostiquen alteraciones genéticas o congénitas graves en el feto, con el consentimiento de la mujer o persona gestante.

EN ESTOS CASOS EL ABORTO SE CASTIGARÁ CON CÁRCEL

Si el aborto es procurado voluntariamente después de las 12 semanas, se impondrá una pena de seis meses a un año de prisión. Para quien realice el aborto con consentimiento después de este periodo, la sanción será de uno a tres años de prisión.

En casos de aborto forzado, las penas van de cuatro a ocho años de prisión, y si se emplea violencia, de ocho a diez años. Además, profesionales de la salud implicados en abortos forzados enfrentarán suspensión en el ejercicio de su profesión u oficio por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta.

La aprobación de esta reforma es vista como un avance en la política de salud y derechos reproductivos en Puebla. Se espera que la despenalización del aborto hasta las 12 semanas mejore las condiciones de salud y seguridad para mujeres y personas gestantes, reduciendo la incidencia de prácticas clandestinas peligrosas.

Este cambio legislativo refleja un movimiento hacia el reconocimiento de los derechos sexuales y reproductivos en México, alineándose con las recomendaciones de organismos internacionales y la Suprema Corte de Justicia de la Nación. A medida que más estados adoptan medidas similares, se avanza en la construcción de un entorno legal que respalde la autonomía y el bienestar de las mujeres y personas gestantes en el país.

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