SCJN ordena la entrega directa de recursos públicos a pueblos indígenas y afromexicanos
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La resolución respalda la entrega de cerca del 10% de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) valió una serie de disposiciones para garantizar el acceso directo de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas a recursos públicos destinados a infraestructura social, esto con el fin de fortalecer su reconocimiento constitucional como sujetos de derecho público, además de obtener personalidad jurídica y capacidad para administrar esos fondos sin intermediación de los gobiernos municipales.
Indicó que la resolución respalda la entrega de cerca del 10% de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS) a los pueblos y comunidades con el fin de definir sus propiedades y atender sus necesidades.
“Hoy, desde la Suprema Corte de Justicia de la Nación dimos un paso histórico hacia la justicia real y verdadera para los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas”, puntualizó el ministro presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz.
🔴 #EnVivo | Sesión del Pleno de la #SCJN, 22 de octubre del 2026.@HugoAguilarOrti @LeniaBatres @YasminEsquivel_ @lorettaortiza @MtraEstelaRios @IrvingEspinosa_ @AristidesRodri @Giovanni_F_M https://t.co/VvnvGgh3XI
— Suprema Corte (@SCJN) October 22, 2026
RECURSOS DAN AUTONOMÍA PARA ARMONIZAR MANDATO
Se explicó que si bien las aportaciones del FAIS forman parte de la hacienda municipal, su destino está sujeto a los fines previstos en la legislación federal, por lo que la asignación directa de esos recursos respeta la autonomía municipal, al solo armonizar el ejercicio de sus atribuciones con el mandato constitucional de garantizar los derechos de dichos pueblos y comunidades.
Siendo así que el Pleno consideró que las facultades de coordinación y regulación del FAIS conferidas a la Secretaría de Bienestar no sustituyen las competencias de los gobiernos municipales, por lo que dicha instancia no constituye una autoridad intermedia prohibida por la Constitución Política Federal.
Además, las y los magistrados precisaron que los lineamientos administrativos que emita deberán ajustarse a los límites previstos en la legislación aplicable.