Transgrede FGR derechos de Álvarez Morphy tras cargos
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CDMX.- Por contener diversas irregularidades, un tribunal federal desestimó una acusación que armó la Fiscalía General de la República (FGR) contra el empresario Ernesto Álvarez Morphy por defraudación fiscal equiparada.
El caso se armó desde la oficina de Juan Ramos, mano derecha del titular de la FGR, Alejandro Gertz Manero, a partir de una denuncia anónima presentada en junio de 2019 contra Álvarez Morphy y toda su familia, en la cual se les acusó de cometer actos de corrupción durante el sexenio del expresidente Enrique Peña Nieto, pero sin detallar qué actos fueron ni exhibir pruebas de estos.
En la denuncia únicamente se hizo referencia a que la esposa de Ernesto Álvarez Morphy es cercana a Angélica Rivera, quien fue primera dama como esposa del entonces presidente Peña Nieto.
Derivado de esa denuncia anónima, la FGR consiguió información fiscal con la que, de modo paralelo, armó otra investigación contra el empresario constructor a causa de una supuesta defraudación fiscal equiparable por la falta de pago de Impuesto Sobre la Renta del ejercicio 2018, daño calculado en 7 millones 500 mil 727 pesos.
NO HUBO INTERVENCIÓN
El problema de la información sobre Álvarez Morphy fue que para obtenerla la FGR no dio intervención al Servicio de Administración Tributaria (SAT) ni obtuvo un dictamen técnico contable del mismo para confirmar el cálculo de la supuesta defraudación fiscal que dijo haber detectado.
Lo que hizo la FGR fue darle vista a la Procuraduría Fiscal de la Federación (PFF) con los datos que recopiló para que, si confirmaba la omisión del pago del ISR supuestamente cometida por el empresario, presentara la querella correspondiente con la que en febrero de 2020 inició la carpeta de investigación contra Álvarez Morphy por defraudación fiscal equiparable.
Este proceso resulta irregular debido a que el Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que antes de que la PFF presentara una querella de este tipo, el SAT debió requerir al contribuyente que aclarara la falta de pago de ISR, emitir un dictamen técnico contable y hasta entonces, si existe un delito, dar parte a la procuraduría.
Mediante una solicitud vía transparencia, la PFF respondió el 13 de octubre de 2020 que, conforme al reglamento interno de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, no tiene atribuciones para determinar la omisión en el pago de contribuciones de los ciudadanos.
Para obtener la información bancaria del empresario, la FGR acudió ante un juez federal a solicitar acceso a estos datos. El juez condicionó su autorización a que la fiscalía le informara sobre el uso de los datos bancarios de Álvarez Morphy, lo que ocurrió solamente después de que la FGR formuló imputación contra el empresario.
También le advirtió a la FGR que, si de la información no se actualizaba el delito de defraudación fiscal genérica, conforme al artículo 108 del CFF, sino cualquier otro, debía ser destruida.
A pesar de ello, la FGR imputó al empresario defraudación fiscal equiparable conforme al artículo 109 del CFF, por lo que incurrió en un incumplimiento de los requerimientos del juez.
En su resolución, el juez no autorizó la entrega de información relacionada con una de las cuentas de Ernesto Álvarez Morphy; sin embargo, por error la institución bancaria la remitió a la FGR y los datos fueron incluidos en la imputación que la fiscalía formuló en audiencia inicial.
Antes de que la PFF no presentara su querella, Álvarez Morphy no recibió ningún requerimiento por parte del SAT; no obstante, de una revisión de su contabilidad detectó algunos faltantes y, de manera voluntaria, presentó los pagos que le faltaban.
El caso Álvarez Morphy forma parte de los relatados por el exconsejero jurídico de la Presidencia, Julio Scherer Ibarra, en la denuncia que presentó el pasado 22 de abril ante la FGR contra Gertz Manero y otros funcionarios.