Uno de los pasteles de Costco puede dañar tu salud... ¡tiene 5 sellos de advertencia!

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/ 31 agosto 2023

Este pastel contiene exceso de calorías, grasas saturadas, grasas trans, azúcar y sodio... aquí te decimos de cuál se trata

Los pasteles del Costco se han vuelto increíblemente populares debido a la restricción que la empresa implementó con el fin de evitar la reventa de sus postres por parte de las llamadas ‘Nenis’ quienes obtienen jugosas ganancias al venderlos a un mayor precio o por rebanadas en tianguis y hasta en redes sociales.

Y es uno de estos pasteles el que obtiene el título del más rico del catálogo y es nada más y nada menos que el Pastel Choco Fudge o Pastel de Bruce, sin embargo, hay un lado oscuro en este pastel que contrasta con su sabor.

$!El pastel Choco Fudge cuenta con 5 sellos de advertencia por parte de la Secretaría de Salud.

A pesar de que el pastel de chocolate Choco Fudge de Costco fue reconocido como uno de los mejores y más ricos gracias a que fue uno de los finalistas en un concurso en el que participaron decenas de pastelerías de México, es también uno de los menos saludables debido a que cuenta con 5 sellos de advertencia por parte de la Secretaría de Salud.

El pastel Choco Fudge tiene un peso de 2.7 kg y su precio promedio es de 370 pesos, y aunque su sabor y precio lo hacen un postre muy accesible e ideal para una fiesta de cumpleaños o para satisfacer un antojo, la verdad es que es poco recomendable para algunas personas, sobre todo quienes padecen obesidad, diabetes o hipertensión.

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Según el etiquetado frontal de advertencia de la Secretaría de Salud, este pastel contiene exceso de calorías, grasas saturadas, grasas trans, azúcar y sodio, lo cual no es recomendable para consumir en grandes cantidades ya que una rebanada de 100 gramos contiene 400 calorías, lo que significa que el pastel completo aporta 10 mil 800 calorías, siendo necesarias entre 1600 y 2200 las necesarias en el día para que los humanos puedan pensar, mover los músculos o simplemente mantener nuestro cuerpo en la temperatura adecuada y obtener una buena salud.

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE LOS SELLOS DE ADVERTENCIA?

Además de brindar información para proteger al consumidor, el objetivo de la NOM 051 modificada es la implementación de un etiquetado frontal de advertencia, el cual fue aprobado por el Congreso mexicano en 2019 como parte de las modificaciones a Ley General de Salud en materia de sobrepeso, obesidad y de etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas.

El etiquetado frontal de advertencia “debe advertir de manera veraz, clara, rápida y simple sobre el contenido que exceda los niveles máximos de contenido energético, azúcares añadidos, grasas saturadas, grasas, sodio y los nutrimentos críticos, ingredientes y las demás que determine la Secretaría (de Salud)”, dice el decreto publicado el 8 de noviembre de 2019.

Señala que los nutrimentos críticos son “componentes de la alimentación que pueden ser un factor de riesgo de las enfermedades crónicas no transmisibles”, los cuales determinará la misma Secretaría.

¿QUÉ SIGNIFICAN LOS SELLOS DEL ETIQUETADO?

Los sellos advierten sobre los productos que exceden los criterios establecidos en el perfil de nutrimentos críticos. Esto es, si tienen exceso de azúcares, calorías, grasas trans, grasas saturadas y sodio.

Los productos con superficie de exhibición de 40 centímetros cuadrados o menos solo deben incluir un sello con el número que corresponda a la cantidad de nutrimentos en exceso.

LEYENDAS PRECAUTORIAS

También hay dos leyendas precautorias: una para productos que contengan edulcorantes y otra para aquellos con cafeína, a fin de evitar que niñas y niños los consuman.

¿CÓMO SE DETERMINAN LOS SELLOS DE EXCESO?

Los sellos que aparecerán en los empaques se basan en el cálculo y evaluación de los valores y perfiles de la información nutrimental complementaria, los cuales se implementarán en tres fases:

En la primera fase, el cálculo y evaluación de los nutrimentos críticos añadidos es de la forma siguiente:

• Si se agregan azúcares añadidos, se deberán evaluar azúcares y calorías.

Si se agregan grasas, se deberán evaluar grasas saturadas, grasas trans y calorías.

• Si se agrega sodio, sólo se deberá evaluar sodio.

• Exceso de calorías: A partir de 275 kilocalorías (kcal) totales por 100 gramos de producto sólido. En líquidos, desde 70 kcal totales o 10 kcal de azúcares libres por 100 mililitros (ml) de producto.

• Exceso de azúcares: Sólidos y líquidos con 10% o más del total de energía proveniente de azúcares libres. Excepción: bebidas con menos de 10 kcal de azúcares libres

• Exceso de grasas saturadas: Sólidos y líquidos con 10% o más del total de energía proveniente de grasas saturadas.

• Exceso de grasas trans: Sólidos y líquidos con 1% o más del total de energía proveniente de grasas trans.

• Exceso de sodio: En sólidos, a partir de 350 miligramos (mg) de sodio.

• En líquidos sin calorías, a partir de 45 mg.

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En la segunda fase, de los nutrimentos críticos añadidos:

Si se agregan azúcares añadidos, se deberán evaluar azúcares y calorías

Si se agregan grasas, se deberán evaluar grasas saturadas, grasas trans y calorías

• Si se agrega sodio, sólo se deberá evaluar sodio.

En la tercera fase, de productos preenvasados que:

• Contengan añadidos: azúcares libres, grasas o sodio.

• Y el valor de energía, la cantidad de azúcares libres, de grasa saturada, grasas trans y de sodio.

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