AMLO: La violación a la ley como estrategia

Opinión
/ 16 junio 2024

Hay incidentes que con el paso del tiempo se olvidan a pesar de que en su momento, cuando ocurrieron, hayan cobrado inusitada importancia. Es el caso de lo sucedido en el año 2006, cuando en plena campaña electoral Andrés Manuel López Obrador, entonces candidato a la presidencia de la República, hizo gran escándalo, se rasgó las vestiduras, se echó ceniza en la cabeza y de plano se tiró al piso por algo que no le pareció correcto.

¿Cuál fue el motivo de tal actitud, tan efectista como teatral de AMLO? Que el entonces presidente Vicente Fox, sin duda refiriéndose al relevo en la silla presidencial, declaró públicamente que “no había que cambiar de caballo a la mitad del río”. Fue tal el enojo que esta frase de Fox le provocó a López Obrador que, en airada respuesta, le dijo: “¡ya cállate chachalaca!”.

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Jamás lo hubiera dicho, porque tal desplante de AMLO, ante lo expresado por Fox −conducta que por cierto entonces no estaba prohibida por la ley−, numerosos ciudadanos lo consideraron una falta de respeto de López Obrador a la figura presidencial y finalmente le resultó a éste contraproducente. Porque algunos de los que han investigado y escrito sobre esa elección presidencial de 2006, quizá la más estudiada en la historia del país, han opinado que ese berrinche le costó al tabasqueño entre uno y dos por ciento en las preferencias electorales, que al inicio de esa campaña las traía arriba entre 10 y 12 puntos.

Después de su derrota, que hasta ahora nadie ha demostrado que haya sido producto del fraude electoral, armó gran alboroto, cerró durante semanas el Paseo de la Reforma y causó números perjuicios para desembocar en negociaciones que llevaron a una nueva reformar electoral. Reforma que en el ámbito constitucional culminó en una serie de modificaciones y adiciones a diversos artículos de la Carta Magna, publicadas en el Diario Oficial del 13 de noviembre de 2007.

Entre otros, el párrafo siguiente incorporado al Apartado C de la Base III del artículo 41, que a la letra dice:

“Durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y locales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales, como de las entidades federativas, así como de los Municipios... y de cualquier otro ente público. Las únicas excepciones a lo anterior serán las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia”.

Otra adición fue la de un nuevo párrafo agregado artículo 134 constitucional, que ordena:

“Los servidores públicos de la Federación, las entidades federativas, los Municipios... tienen en todo tiempo la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos”.

Ambas porciones constitucionales fueron propuestas por los negociadores de López Obrador durante el proceso de reforma electoral de 2007. Años después, en 2023 y durante 2024, ya como Presidente, se cansó de infringirlas y de burlarse de tales disposiciones cuya violación, por cierto, acarrea sanciones. Entre otras, la posibilidad de que una elección sea anulada.

De ahí que el propio López Obrador haya mencionado en varias ocasiones, durante la campaña, que se estaba preparando contra su candidata presidencial lo que él llamó “un golpe de Estado técnico”.

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Porque estaba consciente que de haberse llevado un seguimiento puntual, debidamente documentado y autenticado por fe pública, y así preconstituidas las probanzas necesarias de las numerosísimas infracciones y abusos cometidos por López Obrador, por supuesto que la consecuencia pudiera ser la anulación de la elección presidencial del pasado 2 de junio. Como claramente lo señaló desde abril el eminente constitucionalista Elisur Arteaga. Y tal vez por esta misma razón AMLO dio órdenes de que no se nombraran los dos magistrados electorales que desde hace más de medio año están pendientes de designar en la Sala Superior del TEPJF, lo que impide que tenga el quorum para calificar la elección presidencial.

Lo anterior es apenas el planteamiento del estado de la cuestión. El tema da para mucho más. Incluida desde luego la develación de la estrategia –astuta, ilegal y tramposa– que originó los resultados de la elección del pasado 2 de junio.

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