Reforma Judicial, control de daños
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A la memoria de Héctor Fix-Zamudio y Sergio García Ramírez, juristas excepcionales
Hay algo de la reforma judicial todavía más preocupante que el hecho de que los jueces se vayan a elegir por el voto popular y directo. Que el gobierno fue incapaz de escuchar a un sector de la sociedad que alzó la voz, con argumentos. No es menor el gremio dedicado a las leyes: abogados, jueces, profesores y estudiantes de derecho, investigadores, litigantes, escuelas y facultades de derecho públicas y privadas, barras, asociaciones, academias, seminarios. Se tiró a la basura la tradición jurídica mexicana. Una aplanadora legislativa arrolló libros, tratados, tesis, jurisprudencias.
La depresión del gremio jurídico es entendible, la manera de festinar el triunfo un signo ominoso alejado de la magnanimidad que debería mostrar el vencedor. Como la vida sigue, debe armarse un control de daños; de lo perdido, lo que aparezca. En el mundo global, al que México pertenece, intuyo que los contratos que habrán de suscribir las empresas extranjeras que invierten en México evitarán la fórmula de que las controversias serán resueltas por los tribunales mexicanos, para invocar a los tribunales extranjeros.
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Es probable que por desconfianza al nuevo sistema judicial se impulsen las formas alternas de solución de controversias, en concreto los procedimientos arbitrales, que son más expeditos y cuyos laudos no están sujetos a apelaciones, si bien tienen la misma fuerza legal que las sentencias judiciales. México forma parte de la Convención sobre el Reconocimiento y la Ejecución de Sentencias Arbitrales Extranjeras.
El paquete de las reformas incluyó la figura de los jueces sin rostro. El texto: “Tratándose de delincuencia organizada, el órgano de administración judicial podrá disponer las medidas necesarias para preservar la seguridad y resguardar la identidad de las personas juzgadoras, conforme al procedimiento que establezca la ley”. Proponer juzgadores anónimos choca con la idea vertebral de los jueces que para ser electos popularmente deberán ser conocidos por los electores. Ahora hay que preguntar si una vez electos, ¿Tendrán que esconderse para que emitan sus sentencias?
Los jueces sin rostro surgieron en España para contrarrestar los ataques terroristas. Perú lo incorporó durante la gestión más álgida de Fujimori; Colombia desesperada durante sus crisis por el narcotráfico en casos desesperados, abandonó el sistema en 2000. La Corte Interamericana de Justicia ha condenado esta práctica por violar la Convención Americana sobre Derechos Humanos, tratado del que México forma parte.
La Corte Interamericana de Justicia presidida por los juristas mexicanos Héctor Fix Zamudio y Sergio García Ramírez dictó jurisprudencia sobre el hecho de que la actuación de los jueces de identidad reservada (sin rostro) impide a los justiciables conocer si existe alguna causal de recusación y obstaculiza una adecuada defensa, lo que afecta el debido proceso.
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Los jueces sin rostro significan una acción exasperada, derivan de la falta de garantías que el Estado debe brindar a quienes ejercen la función jurisdiccional. Se empieza con jueces sin rostro, pero el camino que sigue es el de magistrados, ministros, fiscales y hasta abogados sin rostro, hasta llegar a un gobierno sin rostro. De los jueces sin rostro a la impartición de justicia por computadoras −ahora que la inteligencia artificial está en desarrollo tan vertiginoso− hay sólo un paso.
No es democrática la propuesta, pero sí estamos a tiempo como para que diputados y senadores reglamenten la disposición constitucional tomando en cuenta las experiencias internacionales y el trabajo de juristas mexicanos.
El autor es profesor de la Facultad de Derecho de la UNAM