Estas son las modificaciones a Ley de Protección y Bienestar Animal de CDMX que debes conocer
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Entre los ajustes realizados por el Gobierno capitalino destacan los conceptos como “animal de compañía”, “animal en situación de abandono” y “tutela responsable”
El Gobierno de la Ciudad de México (CDMX) publicó, en la Gaceta Oficial, las modificaciones y actualizaciones realizadas a la Ley de Protección y Bienestar Animal de la CDMX. Entre los ajustes realizados por el Gobierno capitalino destacan los conceptos como “animal de compañía”, “animal en situación de abandono” y “tutela responsable”. A continuación vamos a revisar cuáles fueron esos cambios a esta Ley.
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Entre los cambios que se hicieron se modificó el artículo 4, en el que incluyeron los conceptos de animal abandonado o en situación de abandono, animal de compañía, animal para monta, carga y tiro; certificados de compra; actitud permanente y de respeto para los animales; trato digno y respetuoso, y tutela responsable.
Actualmente, en la Ley de Protección y Bienestar Animal de la CDMX ya se especifican las obligaciones de las personas responsables con relación a sus animales de compañía. Las obligaciones más destacadas son: inscribir al animal en el Registro Único de Animales de Compañía (RUAC), proporcionales agua limpia y fresca; darles alimento balanceado, entre otras.
Si estás pensando en comprar una mascota, debes saber que en el artículo 28 sostiene que los establecimientos autorizados para la venta de animales tienen la obligación de expedir un certificado de venta a la persona que lo adquiera, en el que deberá incluir por lo menos el nombre y el domicilio del tutor de la mascota.
“Toda persona física o moral que se dedique a la cría, venta o adiestramiento de animales, está obligada a contar con la autorización correspondiente y a valerse de los procedimientos más adecuados y disponer de todos los medios necesarios, a fin de que los animales reciban un trato digno y respetuoso y mantengan un estado de bienestar de acuerdo con los adelantos científicos en uso. Además, deberá cumplir con las normas oficiales mexicanas correspondientes”, sostiene el artículo 35 de dicha Ley.
Otro punto importante de estas modificaciones es sobre la captura de animales en la vía pública, la cual señala que debe realizarse solo bajo denuncia ciudadana y deberá realizarse sin ningún tipo de maltrato.
Si te interesa leer más sobre las modificaciones a la Ley de Protección y Bienestar Animal de la CDMX, te dejamos el enlace de la Gaceta Oficial donde se publicaron dichas actualizaciones.