TEPJF anulan 6,544 votos en elección de Asamblea Constituyente

Nacional
/ 7 julio 2016

La integración de la Asamblea Constituyente está pendiente hasta que el TEPJF resuelva la totalidad de los juicios de inconformidad

Ciudad de México.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró nula la votación en 37 casillas de diversos distritos electorales en la Ciudad de México, que suman 6 mil 544 votos depositados en los comicios para integrar la Asamblea Constituyente.

El Tribunal Electoral federal resolvió 15 de los 30 juicios de inconformidad contra los resultados de los cómputos distritales de la votación recibida en los comicios celebrados el 5 de junio y la declaración de validez.

En nueve de los juicios declaró la nulidad y ordenó modificar el cómputo distrital, así como dar vista al Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), mientras que en los seis restantes desestimó los agravios aportados en las demandas y confirmó el resultado.

Lo anterior dado que los funcionarios cuestionados sí estaban autorizados por la ley, o bien, porque el partido actor no precisó el nombre del ciudadano impugnado, determinó la Sala Superior durante la sesión pública celebrada la víspera.

Los juicios de inconformidad fueron presentados primero ante las juntas distritales, y posteriormente, entre el 14 y el 17 de junio, llegaron a la Sala Superior.

Sobre el estudio de fondo, “se propone declarar la nulidad de votación recibida en diversas casillas de los distritos electorales federales en los términos indicados en los proyectos respectivos”, refiere el proyecto.

Por tanto, en esos casos “se propone modificar el cómputo distrital atinente y dar vista de ello al Consejo General del INE”, aprobaron los magistrados por unanimidad.

El magistrado Flavio Galván consideró que se impugna la validez de la votación recibida en algunas casillas, pero sin un argumento sólido, lo que en su opinión más bien “parecen demandas frívolas”.

Mientras que la magistrada María del Carmen Alanis Figueroa opinó que “si se pretende la nulidad por la intervención de funcionarios de casilla o funcionarios de casilla que no debieron actuar como tales, cuando menos que nos den el nombre del ciudadano que sostienen o un elemento”.

Señaló que deberían dar el nombre completo, identificar el número y el tipo de casilla, así como la causal.

"Cuando menos un elemento indubitable para saber a qué cargo y a qué persona se refieren que no está inscrita en el Listado Nominal de Electores de la sección, que son los casos que estamos resolviendo o, bueno, la causal que estamos discutiendo”, externó.

La integración de la Asamblea Constituyente está pendiente hasta que se resuelva la totalidad de estos medios de impugnación, pues la revocación o anulación de la elección recibida en alguna o varias casillas modifica los resultados de la contienda y, por ende, la distribución de los escaños de los asambleístas.

De tal suerte que ya con los resultados en firme, antes del 23 de agosto el INE deberá realizar la asignación de 60 de los 100 diputados constituyentes, una vez resueltos los 30 medios de impugnación.

La Asamblea Constituyente de la Ciudad de México deberá instalarse el 15 de septiembre y aprobar la primera Constitución Política de la capital a más tardar el 31 de enero de 2017, por las dos terceras partes de sus integrantes.

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