Ambientalistas de Piedras Negras piden mano dura para frenar comercio ilegal de catalizadores

Coahuila
/ 20 septiembre 2023

Señalan que esta actividad atenta contra el medio ambiente, ya que dispositivo reduce emisión de gases tóxicos

PIEDRAS NEGRAS, COAH.- Como en México es un delito vender o comprar un convertidor catalítico, la Red de Educadores Ambientales de Coahuila pedirá a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), actúe ante este ilícito que cada vez cobra más fuerza.

En el marco de unas pláticas que se impartieron en una institución educativa sobre la calidad del aire, el miembro de la Red, Javier Reyes Salas, refirió que el catalizador es una pieza de alto costo.

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Recordó que es un componente del motor de combustión interna alternativo, que sirve para el control y reducción de los gases nocivos expulsados por la máquina, y que no debe quitársele a un automóvil durante su vida útil.

“Quienes lo compran buscan hacer ganancias con los metales preciosos que hay en su interior, como el cadmio, rodio y paladio, pero el comercio de los catalizadores es un delito que se debe de castigar”, reafirmó el ambientalista.

De acuerdo con el más reciente estudio de la calidad del aire en Acuña y Piedras Negras, en el que intervinieron especialistas de la UNAM, son los vehículos con motor, los que contaminan más la atmosfera con su emisión de gases.

Reiteró Reyes Salas que pedirán también al Congreso del Estado arme una iniciativa de Ley para que desaparezcan los talleres que compran y almacenan los catalizadores, debido a que lo hacen de manera clandestina.

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“Lo valioso de estas piezas son los metales que albergan (paladio, rodio y platino), que son susceptibles de su venta en el mercado clandestino. De hecho, sobre el paladio, cabe señalar que es un metal que incluso cuesta más que el oro”, señaló.

La Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en su artículo 56, señala que la Semarnat expedirá las normas oficiales mexicanas para el almacenamiento de residuos peligrosos, las cuales tendrán como objetivo la prevención de la generación de lixiviados y su infiltración en los suelos.

Según ese artículo está prohibido el almacenamiento de residuos peligrosos por un periodo mayor de seis meses a partir de su generación.

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