Caso Rocky: Morelos, Guerrero y Oaxaca encabezan las penas más severas por maltrato animal; Coahuila alcanza hasta 8 años
En estas entidades se contemplan sanciones por hasta 15 años de prisión, de acuerdo con una revisión de los códigos penales de las 32 entidades
Morelos, Guerrero y Oaxaca se encuentran entre las entidades con las legislaciones más severas del país para sancionar el maltrato animal, al contemplar penas de hasta 15, 11 y nueve años de prisión, respectivamente. Además, tipifican diversas conductas como la crueldad, el abandono, la zoofilia y las peleas de perros.
Ante el caso de Rocky que ha causado polémica en la ciudad, VANGUARDIA realizó una revisión de los códigos penales vigentes de las 32 entidades federativas muestra que todas contemplan algún tipo de sanción para los delitos cometidos contra los animales. Sin embargo, existen diferencias tanto en la severidad de las penas como en las conductas reconocidas por cada estado.
Morelos encabeza la lista con las sanciones más elevadas. Su Código Penal establece penas de hasta 15 años de prisión cuando actos de crueldad extrema provocan la muerte de un animal, mientras que el maltrato que derive en su fallecimiento puede castigarse con condenas de seis a 10 años.
Guerrero también cuenta con uno de los marcos legales más estrictos del país. Su legislación prevé penas de hasta 11 años de prisión para conductas como privar de aire a un animal, atropellarlo de manera intencional, suministrarle drogas, practicar zoofilia, realizar vivisecciones ilegales o sacrificarlo mediante métodos que prolonguen su sufrimiento.
Por su parte, Oaxaca destaca por incorporar el delito de violencia vicaria contra animales de compañía. La legislación sanciona con penas de tres a nueve años de prisión a quien lesione, retenga o mate al animal de una mujer con el propósito de ejercer violencia contra ella. Además, castiga el maltrato, el abandono, las peleas de perros y la zoofilia.
En Coahuila, el Código Penal establece penas de dos a cuatro años de prisión para quien cause de manera injustificada la muerte de un animal, lo mutile, lo abandone o lo prive de alimento hasta poner en riesgo su vida. Si la conducta provoca la muerte del animal, la pena puede duplicarse. Asimismo, la organización de peleas de animales y los actos de zoofilia se sancionan con penas de dos a seis años de prisión.
En comparación con el resto del país, aunque las penas previstas en la legislación coahuilense son menores a las contempladas en entidades como Morelos, Guerrero, Oaxaca, Yucatán y Quintana Roo, el estado cuenta con un catálogo amplio de conductas sancionables, superior al de otras entidades donde únicamente se castigan las lesiones o la muerte del animal.
Además, el marco legal de Coahuila ha incorporado nuevas figuras de protección para los animales de compañía. En marzo pasado, el Congreso del Estado aprobó por unanimidad una reforma al Código Penal para tipificar como delito la sustracción ilícita de animales de compañía. La modificación establece sanciones de dos a cuatro años de prisión y multas de entre 100 y 500 días para quien sustraiga, oculte o retenga un animal sin el consentimiento de su propietario, salvo que la acción tenga como finalidad proteger su integridad o su vida.
Si bien las 32 entidades del país ya contemplan sanciones penales por delitos contra los animales, la revisión de sus códigos penales evidencia que aún persisten diferencias importantes tanto en la severidad de las penas como en el alcance de la protección jurídica que cada estado brinda a los animales.