Habrá juicio contra hombre por comerciar con material íntimo de joven de Saltillo por Telegram

Coahuila
/ 25 febrero 2024

La mujer no solo fue videograbada sin su consentimiento, sino que además se lucró con el contenido en el que ella apareciera, también sin que ella supiera nada

Este viernes se dictó la apertura de juicio oral en contra de Roberto “N”, por videograbar y comerciar con contenido íntimo de una joven en la capital de Coahuila a través de Telegram.

El auto de apertura a juicio, se dictó luego de por lo menos dos años en que la Fiscalía General del Estado reunió los datos de prueba necesarios para comprobar el caso que fue clasificado por el delito de trata de persona en su modalidad de comercio de material pornográfico.

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Este caso data de poco antes del 2020, cuando la joven empezaba a sostener una relación sentimental con el hoy imputado.

De acuerdo con el relato que durante las audiencias el Ministerio Público presentó ante el juez, aunque los involucrados sostenían una relación de amistad, el hombre cortejaba, invitaba a comer y a salir a la ahora víctima.

Según las declaraciones, en una de las ocasiones la joven accedió a sostener relaciones sexuales con el acusado; sin embargo, éste videograbó el encuentro sin su consentimiento.

No fue hasta mediados del 2020, cuando la víctima logró identificar la existencia de un sitio web donde su victimario había expuesto un link que dirigía a un grupo de Telegram donde se hacía llamar “WTF” en donde distribuía a cambio de dinero fotografías y videos, entre ellos, al menos uno donde ella aparecía.

En su denuncia, la víctima resaltó ante el MP que la situación además cobraba sentido, ya que el hoy acusado se molestaba frecuentemente cuando la víctima no quería sostener relaciones sexuales.

Debido a que las partes legales no llegaron a un acuerdo para que la salida concluyera a través de un procedimiento abreviado para esta causa penal 23/2022, fue que se agotó la investigación y el juez procedió a la apertura a juicio, que tendrá un estimado de 60 días para que se agende la primera audiencia.

De acuerdo con la Unidad de Trata que investiga estos delitos en la Fiscalía, este caso fue tipificado de esta manera debido a que la mujer no solo fue videograbada sin su consentimiento, sino que además se lucró con el contenido en el que ella apareciera, también sin que ella supiera nada.

Aunque la Unidad informa que este tipo de casos pueden tener mucha frecuencia, también dice que el hecho de que se comerciara el contenido pornográfico saca al caso de la aplicación de lo que se conoce como Ley Olimpia, que se dedica a castigar en exclusivo el acto de videograbar y difundir sin consentimiento a una persona en un momento íntimo, donde sí pueden existir muchas más denuncias.

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