¿De qué trata la reforma que conductores y repartidores de apps no quieren?

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No todos están contentos por la reforma, ya que trabajadores de plataformas como Uber, Didi y Rappi se manifestaron inconformes
Será el próximo 1 de julio cuando la reforma a la Ley Federal del Trabajo en regulación a trabajadores en plataformas digitales entre en un programa piloto, a fin de que más de 650 mil conductores y repartidores se vean beneficiados con un empleo mientras mantiene la flexibilidad de horarios y sume la seguridad social
De acuerdo con el titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), Marath Baruch Bolaños López, se trata de “una reforma histórica que fue publicada el día 24 de diciembre del año 2024, en donde se reconocen los derechos laborales de quienes trabajan de forma presencial a través de las aplicaciones”, como se pronunció en conferencia de prensa matutina.
Sin embargo, no todos están contentos por la reforma, ya que trabajadores de plataformas como Uber, Didi y Rappi se manifestaron inconformes por la reforma de Ley Federal del Trabajo en materia de Plataformas Digitales.
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El pasado miércoles, repartidores exigieron a las autoridades federales en Ciudad de México la apertura de un diálogo formal que garantice la implementación adecuada de la reforma en materia laboral que involucra a los trabajadores de plataformas digitales.
La movilización, que incluyó 400 motocicletas y 25 vehículos, generó afectaciones viales en importantes arterias como Circuito Interior, Paseo de la Reforma y en las inmediaciones de la Estela de Luz en la capital mexicana; con el objetivo es establecer condiciones laborales justas que respeten su autonomía y derechos sin poner en riesgo su actividad económica.
Los repartidores manifestaron su preocupación de que la reforma pueda imponer medidas sin consultar a quienes realizan esta labor diariamente, lo que podría afectar negativamente su sustento y flexibilidad.
¿QUÉ ES LA REFORMA PARA UBER, DIDI Y RAPPI?
En dicho proyecto se define a las plataformas digitales como un conjunto de mecanismos, aplicaciones informáticas, sistemas y dispositivos que asignan tareas, obras, servicios y trabajos a personas en favor de terceros.
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Mientras que los socios conductores o repartidores son aquellas personas que presten servicios personales, remunerados o subordinador, bajo el mando y supervisión de la plataforma digital de una persona física o moral.
Por lo que el trabajo de plataformas digitales será la “relación laboral subordinada para el desempeño de actividades remuneradas que requieran presencia física de la persona trabajadora para la prestación del servicio, las cuales son gestionadas por una persona física o moral en favor de terceros a través de una plataforma digital, utilizando las tecnologías de la información y comunicación para ejercer el mando y la supervisión sobre la persona trabajadora.”
Entre las nuevas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, se fijan las reglas para la participación en el reparto de utilidades conforme al tiempo efectivamente laborado, mismo que no deberá superar las 288 horas al año; dicho tiempo está destinado para ser definido por los colaboradores, mientras que el salario será fijado por tarea, servicio, obra o trabajo realizado, contemplando el proporcional del día de descanso semanal, vacaciones, prima vacacional y aguinaldo.
Y otros de los puntos más importantes, como controversiales, es que las plataformas deberán registrar a las personas ante el Instituto Mexicano de Seguro Social (IMSS), a fin de darles seguridad social y los beneficios que ello implica, así como la cotización para conseguir créditos en el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit).
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Aunque Bolaños López señaló que habrá reglas claras para evitar abusos de patrones como que:
- No se podrá cobrar el uso de la aplicación ni tampoco establecerá restricciones para la conexión a la plataforma;
- Se prohíbe las prácticas como la simulación de contratos civiles para evadir responsabilidades laborales;
- Orden en la gestión algorítmica para que sea transparente, comprensible y revisable;
- Además que nadie puede ser desconectado sin derecho a una audiencia, aunque sólo se permitirá en casos graves como fraude, riesgos a la salud, por lo que deberá notificarse;
- Otro punto importante es que los trabajadores de plataforma es que no habrá cambios en el régimen fiscal, con el fin de evitar una mayor carga fiscal, así que no habrá aumento de impuestos y se mantendrán las reglas actuales del ISR e IVA.
(Con información de medios)